Varios municipios de León cobran de más a no empadronados por usar las piscinas a pesar de una sentencia que lo prohíbe

Imagen de archivo.

Sara Lombas

“Un ayuntamiento no puede establecer diferencias cuantitativas en una tasa por la utilización de piscinas e instalaciones polideportivas municipales, atendiendo a que los usuarios estén o no empadronados en el municipio”. Así lo atestigua una sentencia del Tribunal Supremo de 2023 y, sin embargo, en la provincia de León todavía cuatro de los municipios más poblados de la provincia hacen una diferenciación de precios en base a esta condición.

Se trata de Astorga, Villablino, Valencia de Don Juan y Fabero, donde se mantienen cuotas en bonos o cursos de verano que discriminan entre los empadronados y no empadronados en el municipio. Si bien, según ha comprobado ILEÓN, la entrada general a las piscinas se mantiene igual para todos los usuarios, hay ciertas actividades en piscinas que en las que sí se diferencia (y mucho, en algunos casos) el precio de la cuota entre usuarios, entre ellas bonos de acceso.

Esta desigualdad fue declarada ilegal tras la sentencia del Supremo, que se aplica tanto a piscinas como a cualquier otra instalación deportiva municipal. Este texto determina como ilegal cualquier bonificación extra a personas no empadronadas y también cualquier descuento para los que sí se encuentran registrados en el municipio.

No es la primera vez que ocurre, también el Procurador del Común ha reiterado en diferentes ocasiones que los municipios no pueden establecer tarifas diferenciadas a personas empadronadas y no empadronadas por la utilización de piscinas públicas y ha instado a aquellas localidades que sí tienen cuantías diferenciadas a reformar sus ordenanzas.

Los municipios que incumplen

Según ha comprobado ILEÓN, al menos cuatro de los 15 municipios con mayor número de habitantes de la provincia mantienen alguna diferencia de precio en base a si el usuario está o no registrado en el municipio. Si bien no en el precio general de entrada, sino que la diferenciación la hacen en los bonos de descuento de acceso. En el caso de Astorga, en sus ordenanzas todavía recoge una diferencia de precio, aunque solamente en el bono anual para el uso de las piscinas. Los empadronados pagan 55 euros mientras que los no empadronados deben abonar ni más ni menos que el doble; 110 euros.

Por lo demás, las ordenanzas no recogen ninguna otra diferencia según el registro de los usuarios para ninguna otra actividad en las instalaciones municipales, manteniéndose la entrada diaria a las piscinas en 2,50 euros para los adultos.

Ocurre algo similar en el municipio de Villablino, donde aunque la entrada general a las piscinas se mantiene en un precio genérico de 3 euros para los adultos, sí que existe una distinción en los bonos de baño que recogen sus ordenanzas. Un bono mensual tiene un precio de 30 euros para empadronados mientras que los que no lo están deben pagar 45 euros. Si el usuario quiere comprar un bono de 10 pases a la piscina pagará 20 euros si está registrado en el municipio y 30 euros si no lo está.

No solo eso, el Ayuntamiento de Villablino establece también una diferencia de 10 euros en las tarifas de socios del polideportivo municipal, que tienen un precio anual de 60 euros para empadronados y de 70 euros para los que no lo están.

El reconocido parque acuático de Valencia de Don Juan también cae en esta distinción en cuanto a las cuotas de socios, en las que además añade una definición muy acotada de lo que el Ayuntamiento entiende por no empadronado, y que implica que para ser socio debe estar empadronado o bien ser “propietario de vivienda en el municipio (incluido cónyuge e hijos), nacimiento o parentesco hasta segundo grado por consanguinidad, en línea recta, con persona empadronada en el municipio y/o empadronado en el ámbito de la Mancomunidad del Sur de León (Mansurle)”.

Por ser socio del complejo acuático coyantino, un usuario empadronado paga 25 euros, mientras que los no empadronados tienen que pagar 45 euros. La entrada genérica carece de esta diferenciación, como en los casos anteriores, y tiene un precio de seis euros para los adultos.

Por último cabe destacar el caso de Fabero, que encarece los abonos de temporada en las piscinas municipales para los no empadronados. Los usuarios de entre 17 y 65 años del municipio pagan 36,75 euros, mientras que el resto paga 59,85 euros. Esta desigualdad se repite en todas las franjas de edad del abono de temporada, excepto para los menores de 4 años, en cuyo caso este abono será siempre de 3,25 euros. La entrada genérica diaria para adultos tiene un precio de 1,95 euros, siendo la más barata de los cuatro municipios que discriminan por empadronamiento de los usuarios de piscinas.

La entrada más cara

De los 15 municipios analizados, que se corresponden con los que tienen mayor número de habitantes de la provincia de León, la media de precio de la entrada diaria a las piscinas de verano se encuentra en 2,3 euros. Sin embargo, existen amplias diferencias.

La entrada diaria de adultos más cara es, con diferencia, la del complejo acuático de Valencia de Don Juan, que tiene un precio de seis euros y también es el mayor complejo veraniego en metros cuadrados y calidad y cantidad de piscinas.

Entre las entradas más baratas hay un empate entre las piscinas municipales de La Robla y Valverde de la Virgen, con un precio de 1,50 euros; aunque en el caso del primer municipio el precio más barato sería solo entre semana, ya que los fines de semana la entrada sube a 2 euros. Le sigue muy de cerca San Andrés del Rabanedo, que cobra 1,55 a los adultos por usar sus piscinas municipales.

Dejando de lado las piscinas de Valencia de Don Juan, las de Villablino serían las más caras de toda la lista, con un coste de entrada diaria de tres euros para los adultos.

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