El Colegio de Administradores de Fincas reprocha al Ayuntamiento de León cobrar las basuras por metros y no por usuarios
Estupor e incredulidad entre los Administradores de Fincas de León ante lo que está ocurriendo con la Tasa de Recogida y Tratamiento de Residuos del Ayuntamiento de León, la sentencia del Tribunal Superior de Castilla y León en contra de la nueva ordenanza fiscal municipal de este servicio y el girar los recibos de 2024 con la anterior normativa que los avalaba derogada.
Aparte de que eliminar el pago por comunidades de vecinos en 2025 y el cálculo del pago por metros cuadrados es considerado una chapuza por muchos de los asesores de juntas de propietarios, la gran mayoría consideran que esta surrealista situación va a provocar una avalancha de recursos para no pagar las notificaciones enviadas a primeros de este mes de septiembre. Lo cual pone en peligro, si no hace imposible, el cobro de más de 11 millones de euros por este tributo destinado al presupuesto municipal.
Sin embargo, el alcalde de León, José Antonio Diez, aseguró ayer que acataba la decisión del TSJ y que se iban a devolver los recibos de 2025. Pero la cosa no está nada clara con los de 2024 (correspondientes a la tasa de reciclaje del extinto consorcio provincial Gersul) y ni siquiera para los de este año. José Antonio Diez, en declaraciones a la Agencia EFE, también dejó caer que cabía la posibilidad “de que los servicios jurídicos municipales recurran la sentencia”, para lo que tienen 40 días desde que fue notificada.
Lo que pretende ahora el Ayuntamiento de León es que, mientras los servicios económicos y jurídicos del Ayuntamiento de León analizan si recurren o no esa decisión del TSJ, se devuelva el dinero a los ciudadanos que ya hubieran pagado esa tasa y girar un nuevo recibo correspondiente a la ordenanza anterior.
Consultado al respecto de si los ciudadanos que no han pagado pueden dar por inválidas las notificaciones recibidas este septiembre de 2025 sin recibir sanciones, ILEÓN no ha recibido respuesta alguna del Equipo de Gobierno municipal.
El recibo de 2024, sin respaldo legal
La cuestión parece más clara, según todos los indicios con el recibo de 2024, que hasta Facua recomienda recurrir por haberse mandado la notificación “tras la derogación de la normativa municipal en que se basa” y enviarse fuera de plazo. Sin embargo, la anulación de la última ordenanza por la sentencia del TSJ (aún no firme y aún recurrible por el Ayuntamiento) o deja al municipio sin ordenanza en este concepto al haberse derogado la anterior; o volvería a poner en vigor de nuevo la de 1998, creando en este último caso una paradoja administrativa que podría justificar denegar los recursos. En todo caso, la ya sentenciada por el TSJ no será inválida hasta que pase la cuarentena y se compruebe que no se recurre, por lo que en el próximo mes se puede colegir que la anterior seguirá derogada de facto. Aún así, las interpretaciones legales son complejas con la extraña casuística que se plantea con el fallo judicial.
¿Entonces qué tiene que hacer el ciudadano? Porque parece quedarse en manos de un monumental nudo gordiano administrativo por culpa de la ñapa normativa tributaria efectuada por el Ayuntamiento de León. ¿Recurrir para no pagar? ¿Pagar y luego reclamar la devolución del dinero? ¿Reclamar la devolución si ya ha pagado? ¿Y qué pasa con el dinero que se cobraba a la comunidad de vecinos y que se adelantaba todos los años, quién lo devuelve?
Un procedimiento erróneo
Ante todas estas dudas ILEÓN ha consultado a la presidenta del Colegio de Administradores de Fincas de León, María González Nistal, por este fenomenal lío que tiene pendiente y en vilo a los propietarios que han recibido por primera vez esta tasa, que antes se pasaba a las comunidades de vecinos y no dolía.
“Otros ayuntamientos como el de Villaquilambre, lo que hizo fue remitir automáticamente –porque para ese procedimiento tenía que modificar sus sistemas informáticos–, un envío indiscriminado a las comunidades de propietarios, aunque la tasa de gestión de residuos sólidos estuviera domiciliada. Luego ya se pagaba esa tasa y se domiciliaba ese recibo. El único ayuntamiento que no hizo eso ha sido el Ayuntamiento de León. Desde el Colegio de Administraciones de Fincas de León yo les remití una comunicación solicitando que me informaran sobre el cómo y por qué se decidía la nueva ordenanza, y no obtuvimos respuesta”, explica, “con lo que no hemos podido comunicar cómo proceder ni a las comunidades de propietarios del municipio de León ni a colegiados, ni a ciudadanos”.
El dinero adelantado en la comunidad de vecinos
La cuestión estriba que al sacar una nueva ordenanza municipal se ve que el procedimiento de cobro del Ayuntamiento de León “ha terminado siendo inadecuado” como demuestra la sentencia del TSJ. “Todos los ayuntamientos lo han gestionado de esa forma, excepto el Ayuntamiento de León, que no hizo nada. Y resulta que su ordenanza fiscal recién aprobada para este tributo tenía efectos de entrada en vigor de 1 de enero de 2025”, indica González Nistal. De esta manera la tasa de 2024 queda en el aire y “tampoco se la han pasado esa, ni la de 2025 a las comunidades de propietarios que tenían presupuestado ese gasto”, con lo cual ha quedado ese dinero de los vecinos destinado para ello como se venía haciendo desde siempre bloqueado en los remanentes de las cuentas de las comunidades.
¿Y qué hacer entonces con esas partidas a crédito en las comunidades de vecinos? “En el caso en que la comunidad de propietarios tenga aprobado una liquidación de gastos, pues cuando vaya a hacer la regularización de gastos, obviamente ese gasto no se ha incluido, no ha aparecido dentro de la contabilidad de la comunidad y va a ser positivo para ese propietario y se le devolverá ese importe. En el caso de que no exista esa regularización o liquidación, si no hay acuerdo comunitario no se va a devolver. Podría quedar en remanente para los presupuestos futuros o rebajar la cuota mensual; depende de cada caso específico y son los vecinos los que tienen que interesarse por esa partida que ha quedado bloqueada”, interpreta la presidenta del Colegio de Administradores.
Gasto por metros cuadrados y no por propietario
Además, la presidenta del CAF León critica el sistema de valoración de la tasa de la nueva normativa (ahora supuestamente anulada si no se recurre la sentencia del TSJ), por metros cuadrados “y no por propietario”. “En esta ordenanza municipal, en lugar de realizarse de la misma forma de siempre, lo han hecho por metros cuadrados. Un cálculo por inmueble que no está claro de dónde los sacan, porque lo primero es, que si se va a lo que pone en la escritura, puede haber anejos inseparables, que puede ser la plaza de garaje y el trastero”.
“Digamos que es una valoración poco común. No es extraño encontrar divergencias de los metros catastrales que tiene un inmueble, por causa de la cantidad de revisiones que lleva el catastro, comparado con lo que aparece en escrituras”. Además apunta que “antes no cobraban en una comunidad de propietarios en función de los metros cuadrados, sino por el número de inmuebles que la componían”, asegurando que “otra cosa no tiene demasiado sentido”.
Para ella el camino que ha tomado el Ayuntamiento de León para hacerse cargo del cobro de la tasa de las basuras,“no ha sido adecuado”. “Pero era tan fácil... con reunirse con nosotros cuando se lo solicitamos, les hubiéramos comentado cómo se gestionaba”, reivindica la presidenta de los Administradores de Fincas leoneses. “Aparte de que los demás ayuntamientos lo han efectuado de otra forma mucho más sencilla y no ha habido ningún problema”, remacha.