Cuatro años y medio de cárcel para un matrimonio que cobraba por obras de reforma que luego no ejecutaba en León
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha ratificado íntegramente la condena de cuatro años y medio de prisión para un matrimonio al que la Audiencia Provincial de León condenó por estafar cerca de 80.000 euros a seis leoneses, a los que prometieron realizar obras de reforma que cobraron por adelantado y jamás llegaron a realizar.
El alto tribunal, con sede en Burgos, ha vuelto a analizar el caso a raíz de presentar un recurso de apelación la defensa de los condenados, ambos con antecedentes penales previos con condenas en Lugo, León capital y Ponferrada, en la comarca de El Bierzo, también por estafa. Ese rechazo del recurso se basa en que “aparece acreditado el hecho de que las obras contratadas, y en una gran parte pagadas, quedaron abandonadas”, así como se ha demostrado que no habían “tenido desde el comienzo intención alguna de cumplir con lo pactado”.
Y es que, actuando de mutuo acuerdo y con ánimo de obtener un beneficio ilícito, según indica la sentencia, utilizaron el engaño para ganarse la confianza de los clientes al anunciarse en las redes sociales como una empresa dedicada a reformas y construcciones, aparentando una solvencia de la que carecían, presupuestando las obras e, incluso, llegando a iniciarlas. Sin embargo, las abandonaban por completo poco después e iniciaban el proceso con el siguiente cliente.
Según la resolución judicial, el origen de su plan falsario residía en la forma del pago del precio pactado. Así, al inicio de las obras los clientes tenían que pagar una cantidad de dinero como parte del precio.
Después, las obras se comenzaban a ejecutar de manera insignificante por parte de empleados de la entidad de los condenados y, al poco tiempo, estos exigían a los clientes el pago de otra cantidad superior de dinero para que las obras pudieran continuar, con el argumento de que tenían que comprar material y pagar a sus trabajadores.
“Los empleados”, afirma el magistrado, “han referido la certeza de lo manifestado por los perjudicados”, añadiendo la gravedad extra de que “los condenados no adquirían los materiales precisos para las obras, ni les pagaban a ellos los salarios, ni abonaban las cuotas de la Seguridad Social”. De hecho, consta que una vez iniciada la obra en cuestión, tras percibir las entregas de dinero de los clientes, los empleados “recibían posteriormente la orden de trasladarse a la obra siguiente, abandonando la anterior”, y quedándose ellos con esas cantidades de dinero, señala el TSJ de Castilla y León. Con esta decisión, ya sólo quedaría la opción de recurrir al Tribunal Supremo, o bien el cumplimiento de la sentencia y su ingreso en prisión.