La Junta sitúa en la apertura de juicio oral la dimisión de sus altos cargos acusados de corruptos

Los altos cargos del Gobierno regional, fundaciones y las empresas públicas de la Comunidad deberán abandonar su cargo público si se abre juicio oral contra ellos por delitos contra la administración pública, tal y como recoge una de las novedades de la ampliación del código ético de 2011 del Ejecutivo autonómico, aprobado hoy en Consejo de Gobierno, hasta que se convierta en el futuro proyecto de ley, tal y como explicó la vicepresidenta y portavoz de la Junta, Rosa Valdeón.
Entre las principales novedades que recoge esta revisión se encuentra la ampliación de cobertura a los altos cargos de fundaciones y empresas públicas participadas en un 50 por ciento por el Ejecutivo regional. De este modo, este código es de obligado cumplimiento, además de por estos nuevos, para los miembros de la Junta, así como viceconsejeros, secretarios y directores generales y asimilados.
El código aprobado hoy por acuerdo de Junta recoge muchas pautas de acción que ya se están respetando, será revisable para poder actualizarse y se incorporará al contenido del proyecto de ley que regulará el ejercicio del alto cargo en la Administración autonómica, también comprometido por el presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera.
De este modo, para favorecer una actuación transparente, el código incluye que los altos cargos tendrán que comunicar la apertura de cualquier procedimiento jurisdiccional contra su personal y dimitirán en caso de que se abra juicio oral contra la Administración pública. También, harán pública su participación como ponentes en congresos o seminarios y habrán de renunciar a la remuneración si corresponde.
Según recordó Valdeón, el contenido que recoge el código ético y de austeridad se estructura agrupando criterios que constituyen pautas o cánones de actuación de los altos cargos que se orientan a la consecución de los cuatro valores que constituyen los pilares del código ético y de austeridad: la objetividad, la transparencia, la ejemplaridad y la austeridad. La objetividad, sirviendo al interés general sin incurrir en conflictos con intereses particulares; la transparencia, adoptando sus decisiones conforme a criterios que sean conocidos por los ciudadanos; la ejemplaridad, evitando cualquier acción u omisión que vaya en detrimento del prestigio de la Administración; y la austeridad, gestionando los recursos públicos de manera eficiente y racionalizando el gasto público.
Asimismo, los altos cargos deberán garantizar en sus actuaciones los principios que el acuerdo expone y que se concretan en el respeto a los derechos fundamentales y libertades públicas; la igualdad entre mujeres y hombres; la ausencia de discriminación por razones étnicas, de nacionalidad, orientación sexual, religión o circunstancias personales; la integración de las personas con discapacidad; el respeto a los informes técnicos de los empleados públicos; y la dispensa de un trato respetuoso y directo a los ciudadanos y sus organizaciones.
Más en concreto, dentro de los criterios para una actuación imparcial se incluyen que en los procedimientos de contratación, los altos cargos no formarán parte de las mesas de contratación y no serán tampoco miembros de los tribunales para la selección de empleados públicos, al tiempo que en los procedimientos de concesión de subvenciones en concurrencia competitiva no podrán formar parte de las comisiones de valoración de las solicitudes y se abstendrán de aquellos asuntos en los que tengan un interés personal. Del mismo modo, no podrán recibir ningún tipo de regalo o beneficio, más allá de los de cortesía habitual, tal y como señaló Valdeón y en caso de que lo reciban deberán devolverlo.
Además, dentro de los criterios para una actuación austera, el código incluye que sólo tendrán coche oficial los miembros del Consejo de Gobierno, pero deja abierta la posibilidad de que aquellos altos cargos que vivan fuera del lugar de su puesto de trabajo puedan hacer uso de un coche oficial, algo que, según Valdeón, es excepcional, aunque sí sucede.
También sostiene que la organización de eventos se promoverá en lugares propios de la institución y sólo se harán publicaciones en papel cuando tengan como finalidad la promoción de la Comunidad. Al mismo tiempo, se eliminan las tarjetas de crédito para pagos del cargo.
Finalmente, con criterios de actuación ejemplar, el código incluye acciones como que os altos cargos cumplirán con diligencia sus funciones y desempeñarán sus obligaciones de manera ejemplar; esta ejemplaridad deberá practicarla igualmente en el cumplimiento de las obligaciones que, como ciudadano, le exigen las leyes. Además, tanto en actos públicos, como privados, no deberán adoptar conductas o actitudes que puedan perjudicar la imagen de la administración o entidad a la que prestan sus servicios.
Asimismo, los datos, informes o documentos conocidos en el ejercicio de su cargo, únicamente podrán utilizarlos para el desempeño de sus funciones e impulsarán la participación efectiva de los ciudadanos en los asuntos públicos.
Además, no podrán apoyar peticiones de indulto a personas condenadas por delitos de violencia de género, de terrorismo o contra la Administración Pública y en los dos años siguientes a su cese, las personas que hayan tenido la condición de alto cargo, conforme a lo previsto en el presente código, no podrán ser contratados por empresas que sean concesionarias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o que lo hubieran sido mientras ostentaban tal condición, siempre que hubieran participado en el correspondiente proceso de adjudicación.
Por último, los altos cargos renunciarán a las indemnizaciones que pudieran corresponderles por su asistencia a los consejos de administración y otros órganos de los que formen parte por razón de su cargo.