Luz verde al acuerdo estatal de formación para el sector de la minería
La Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha dado hoy luz verde a la resolución por la que se registra y publica el convenio estatal de formación para el sector de la minería en desarrollo del IV Acuerdo Nacional de Formación suscrito por la Confederación Nacional de Empresarios de la Minería y la Metalurgia (Confedem) en representación de las empresas del sector, y de los sindicatos CCOO-Industria y Fitag-UGT por los trabajadores, según recoge en su edición de hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Este acuerdo se suscribió al entender que había que seguir manteniendo el esfuerzo realizado en materia de Formación Profesional para el empleo, como factor de “indudable importancia” de cara a la competitividad de la economía y al futuro y calidad del empleo. El pacto será de aplicación directa en los ámbitos territorial y funcional que lo delimitan y su contenido no tendrá que ser insertado en los convenios colectivos de nivel inferior que se negocien en el sector.
En este acuerdo se incluyen todas las iniciativas formativas promovidas por las organizaciones sindicales y por las asociaciones empresariales con representatividad en el sector de la minería, así como por las empresas cuyas actividades productivas se ejerzan en este ámbito. La vigencia del acuerdo, que entrará en vigor a partir de mañana, hasta el año 2016, y posteriormente se prorrogará automáticamente con la prolongación del IV Acuerdo Nacional de Formación o de manera anual si no media denuncia expresa de cualquiera de las partes firmantes.
Serán objeto de este acuerdo las acciones que se desarrollen dentro de la formación de demanda, que abarca las propuestas formativas de las empresas y los permisos individuales de formación financiados total o parcialmente con fondos públicos, para responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores.
También se incluye la formación de oferta, que comprende los planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados y las acciones formativas dirigidas a desempleados con el fin de ofrecerles una formación que les capacite para el desempeño cualificado de las profesiones y el acceso al empleo.
Además, se contempla la formación en alternancia con el empleo, que está integrada por las acciones formativas de los contratos para la formación y por los programas públicos de empleo-formación, permitiendo al trabajador compatibilizar la formación con la práctica profesional en el puesto de trabajo. Por último, también se recogen aquellas acciones que permiten mejorar la eficacia el subsistema de formación profesional para el empleo.