León, primera provincia de España en llegar a los 1.000 Montes de Utilidad Pública

César Sánchez/Ical. Monte en Paradela de Muces.

ileon.com

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicó el día 1 de marzo la Orden de Declaración del Monte de Utilidad Pública (MUP) número 1.000 de la provincia de León, llamado 'Campo de Valle' perteneciente a la localidad de Valle de Vegacervera, con una superficie de 188,30 hectáreas. De esta forma, León consolida su posición como la provincia con mayor superficie de Montes de Utilidad Pública de toda España, con 1.000 montes y más de 577.000 hectáreas.

Sólo tres comunidades autónomas, además de Castilla y León, tienen mas superficie de Montes de Utilidad Pública que la provincia de León como Andalucía, Aragón y Castilla La Mancha. Dentro de Castilla y León la superficie de MUP de la provincia de León es el 36 por ciento del total autonómico. La siguiente provincia en número y superficie de Montes de Utilidad es Burgos, con 704 montes y 312.000 hectáreas. Castilla y León tiene en total 3.513 Montes de Utilidad Pública que ocupan casi 1,8 millones de hectáreas.

Un comunicado del Colegio de Ingenieros de Montes de Castilla y León recuerda que la figura del Monte de Utilidad Pública ha garantizado durante más de siglo y medio la persistencia de las principales áreas forestales españolas. Su origen arranca de las sucesivas oleadas desamortizadoras del siglo XIX, cuando el Estado subastaba los montes de los pueblos para obtener financiación.

A raíz de la intervención del entonces recién creado Cuerpo de Ingenieros de Montes se pudo detener la venta de los montes de mayor importancia ecológica, “que de otra forma habrían sido subastados al mejor postor”, generalmente para su roturación. De esta manera, recuerda el colectivo profesional, esos montes pasaron a integrar los Catálogos provinciales de Montes de Utilidad Pública, formados exclusivamente por montes cuyo titular es una entidad pública, casi siempre un ayuntamiento o una junta vecinal.

Las leyes forestales han dotado a estos montes de un régimen de protección muy eficaz. Estos montes no pueden ser embargados ni vendidos, y no son urbanizables. Para descatalogarlos es necesario justificar la pérdida de su función de utilidad pública y además una Orden de la Junta de Castilla y León.

La gestión y vigilancia de estos montes está encomendada a la administración autonómica, lo que permite que cuenten con medios técnicos y agentes medioambientales inasumibles para las entidades locales.

Cualquier uso o aprovechamiento en ellos requiere una doble conformidad como la de la entidad propietaria y la de la administración autonómica. Este sistema evita que se produzcan abusos por cualquiera de las dos partes. Además, hay una previsión legal muy importante para su conservación porque el 15 por ciento de todos los ingresos de estos montes debe ser reinvertido en ellos.

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