Adiós a las aceiteras rellenables en bares y restaurantes

ileon.com

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece que los aceites que se pongan a disposición del consumidor en los establecimientos de hostelería y restauración, y en los servicios de catering, deberán presentarse en envases etiquetados, deberán estar provistos de un sistema de apertura que pierda su integridad tras su primera utilización y deberán disponer de un sistema de protección que impida su rellenado una vez agotado su contenido original.

La nueva norma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2014, contempla también la posibilidad de utilización de las existencias de productos adquiridos antes de la entrada en vigor del Real Decreto. De esta forma, los aceites de oliva y los de orujo de oliva adquiridos por el sector de la hostelería, restauración y catering antes del 1 de enero de 2014 podrán seguir poniéndose a disposición del consumidor final hasta el 28 de febrero del próximo año.

Esta medida se enmarca en el contenido del “Plan de acción sobre el sector del aceite de oliva de la Unión Europea”, que establece una serie de medidas encaminadas a mejorar la competitividad del sector oleícola, entre las que se encuentra estimular a los Estados miembros a exigir la utilización de envases que no permitan el relleno en el canal Horeca (Hostelería, restauración y cátering)

Garantía de la calidad y autenticidad

La norma persigue garantizar la calidad y autenticidad de los aceites puestos a disposición del consumidor final. Asimismo, tiene como objetivo mejorar la imagen del producto, en particular de las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas y de las marcas productoras consolidadas en el mercado. También tiene como finalidad informar mejor al consumidor sobre las características del aceite que se pone a su disposición.

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