Los estudiantes de la Universidad tendrán que aprobar mínimo 12 créditos para no ser expulsados
Los estudiantes de la Universidad de León, como las otras tres públicas de Castilla y León (Burgos, Salamanca y Valladolid) tendrán que aprobar un mínimo de 12 créditos durante el primer curso en el que se matriculen o de lo contrario serán expulsados, tal y como recogen las Normas Básicas de Permanencia elaboradas por los consejos sociales de las universidades, para reforzar los requisitos y evitar que los estudiantes se estanquen en la carrera.
Aunque las Normas de Permanencia entraron en vigor cuando lo hizo la adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior, todavía no se han producido muchos casos de expulsión por cuestión de tiempo. De este modo, los estudiantes tendrán que regirse por las mismas y terminar sus estudios en los plazos fijados por cada universidad, que son similares en cada una de ellas.
Así, los estudiantes de la Universidad de León tendrán que superar durante el primer curso de la carrera doce créditos en el caso de las universidades de León y Valladolid; un 20 por ciento de los matriculados en la de Salamanca, mientras que en la de Burgos será obligatorio que superen un mínimo de 30 créditos durante los dos primeros cursos, según las Normas Básicas de estas instituciones a las que ha tenido acceso Ical.
En el caso de Salamanca, el establecimiento del 20 por ciento de mínimo de créditos aprobados es una de las modificaciones de las citadas normas para este curso, tal y como explicó el vicerrector de Promoción y Coordinación, José Ángel Domínguez, trata de que los estudiantes no se estanquen en una carrera. En la Universidad de Salamanca si no cumplen con este requisito se les da la opción de matricularse en otra titulación pero no en la misma.
La justificación, además de por responsabilidad como universidad pública, es cumplir con el sistema de garantía de calidad que establece el Espacio Europeo de Educación Especial, añadió.
Se podrá cambiar de titulación... pero con condiciones
Lo mismo ocurre en la Universidad de León, donde también se da a los estudiantes la posibilidad de matricularse en otra titulación, si bien, si en esa segunda carrera vuelven a incumplir las Normas Básicas no podrán matricularse en ninguna titulación oficial de la Universidad de León. En esta Universidad, el curso pasado fueron expulsados por este motivo 146 alumnos a tiempo completo, es decir, que estaban matriculados de al menos 30 créditos.
Al margen del primer curso, las universidades de León, Valladolid y Salamanca establecen, en general, un tiempo de permanencia para concluir los estudios del doble de los años en los que se imparte. Es decir, para un Grado de seis años, doce; de cinco años, lo podrán terminar en diez; de cuatro años, en ocho; un master de dos años, en cuatro y de un año en dos. En todos los casos, los estudiantes dispondrán de un máximo de seis convocatorias para las evaluaciones finales de cada asignatura, aunque no se presente pero sí está matriculado.
En lo que se refiere a la Universidad de Burgos, cuyas normas son del año 2011, sus estudiantes tienen la garantía por parte de la institución académica de un mínimo de dos convocatorias para la clasificación de una determinada asignatura y por cada año académico, así como que los estudiantes de Grado a tiempo completo deberán superar un mínimo de 30 créditos en los dos primeros años académicos y un mínimo de doce en cada uno de los años siguientes. Se eximirá de esta norma a aquellos a los que les queden menos de doce créditos para terminar sus estudios. Asimismo, los estudiantes de Grado a tiempo particial deberán superar un mínimo de doce créditos en los dos primeros años y un mínimo de seis en los siguientes.
En lo que se refiere a los estudiantes de master, en Burgos los que lo hace a tiempo completo deberán superar un mínimo de doce créditos cada año académico y a los de tiempo parcial de seis.
No obstante, en todas las universidades y en casos excepcionales el rector podrá conceder, solo por una vez, un año de gracia, es decir dos convocatorias, siempre y cuando se demuestre que han concurrido circunstancias especiales que les hayan impedido la dedicación suficiente a los estudios.