UPL exige a Serfunle “que devuelva el dinero cobrado indebidamente a los ciudadanos”
uan Manuel Arias, concejal en el Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo y vocal de la Asamblea de concejales de la mancomunidad municipal para la prestación de servicios funerarios (Serfunle) ha manifestado, en comunicado de prensa, la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sala de lo contencioso administrativo, sección tercera, de Valladolid, ha dictado la Sentencia contra Serfunle.
“En dicha Sentencia se pone de manifiesto la mala política que está siguiendo esta Mancomunidad, perjudicando con esta conducta irresponsable a todos los contribuyentes de los tres Municipios que la componen, León, San Andrés del Rabanedo y Villaquilambre”, reza el comunicado.
En varios puntos de misma podemos leer: “La política de precios selectiva que practica Serfunle ya ha sido prohibida y anulada, taxativamente, en nuestra Sentencia de 13 de septiembre de 2010. En cambio, Serfunle reitera la posibilidad de aplicar descuentos en abierta desobediencia a lo fallado por este tribunal”
“El acuerdo modificador de la Ordenanza y, con él la ordenanza impugnada, debe ser anulado por contravenir normas de rango superior”.
La Sentencia, según el concejal, deja claro que, “casualmente”, el arca facturada a las Aseguradoras no lleva los complementos que sí se cobran a los Ciudadanos. Con ello, “inequívocamente, se prima y beneficia a aquellas aseguradoras para que contraten con la demandada en perjuicio de terceras”.
“Consta también, aportada a las actuaciones, certificación de la Secretaria de la Mancomunidad Serfunle en la que se reconoce que a Seguros Santa Lucía se le han aplicado descuentos”, continúa el comunicado.
Según la UPL de San Andrés, el TSJCYL “aprecia temeridad en la postura de Serfunle, deducible de la existencia de conflictos jurisdiccionales anteriores, por lo que es procedente hacerle expresa imposición de las costas procesales”.
“Esta Sentencia es firme y contra ella no cabe recurso ordinario alguno”
“FALLO: Declaramos la nulidad radical del Artículo 4.I.I.I. Adultos del Acuerdo de la Asamblea de Concejales de la Mancomunidad (Serfunle) de fecha 6 de noviembre de 2009, en lo referido a los complementos de servicio A, B y C, con imposición de costas a Serfunle”.
La UPL se pregunta “cuántas sentencias más harán falta, para que la Mancomunidad (Serfunle) ponga fin a las irregularidades que está consintiendo y cometiendo”.
“¿Quién devolverá el importe total de los descuentos que se han efectuado como consecuencia de la redacción y posterior aprobación de dichos puntos, ahora anulados por la Sentencia anteriormente mencionada, los cuales deberían de haberse cobrado en su día y no se hizo?”, exige el partido.
Este Vocal exigirá a Serfunle que devuelva el dinero cobrado indebidamente a los ciudadanos.