Aumentan las sentencias favorables a la anulación de la Cláusula Suelo

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La Cláusula Suelo Hipotecaria es aquélla por la que se establece el tipo mínimo de interés que se paga por las cuotas de la hipoteca.

La mayor parte de las hipotecas firmadas en España tienen un tipo de interés fijado en función del Euribor. Si un ciudadano ha firmado un tipo mínimo de interés, aunque el Euribor esté por debajo, el tipo de interés que debe pagar no bajará, ya que deberá regirse por lo estipulado en la cláusula suscrita.

La aplicación de la Cláusula Suelo Hipotecaria no es ilegal. Sin embargo, en los casos en los que no se haya informado de su presencia o sea abusiva, sí lo es, ya que se pagarían intereses muy superiores al interés oficial del dinero estipulado por el Banco Central Europeo.

Para saber si una hipoteca lleva asociada la cláusula suelo habría que comprobar en la escritura las condiciones de financiación. La aparición de frases como las siguientes llevaría aparejada la existencia de la cláusula:

“...el tipo de interés ordinario resultante de lo anteriormente pactado no podrá ser nunca inferior al %...”

“...se fija el tipo de interés mínimo en el %...”

“...cualquiera que fuere lo que resultare de la revisión del tipo de interés, el tipo aplicable de interés ordinario, así como el sustitutivo, en ningún caso será inferior al %...”

“...sin perjuicio de lo indicado anteriormente, el tipo de interés aplicable en cada periodo no podrá ser inferior al % nominal anual”

Las normas de transparencia son, en la actualidad, extremadamente rigurosas, de tal modo que, en el último año, han sido muchas las sentencias favorables que han dado la razón a los consumidores que demandaron a las entidades financieras que actuaron engañosamente, al omitir la información pertinente.

Las denuncias no solo han prosperado sino que los afectados han conseguido que los bancos reconozcan sus derechos, ya sea eliminando la cláusula suelo o bien logrando la devolución de las cantidades indebidamente pagadas a tales entidades.

El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas en los casos en que se produzca una falta de transparencia. Es decir, todas aquellas en que no se haya dado la información suficiente a los clientes a la hora de contratar la hipoteca. La decisión del Alto Tribunal, sin embargo, no implicaba la devolución de las cantidades que ya habían sido satisfechas. El fallo del pleno sienta jurisprudencia, de modo que es de obligado cumplimiento en los tribunales españoles.

Pese a la resolución del Supremo, hay sentencias posteriores que la matizan y declaran que el cliente tiene derecho a recuperar el dinero que pagó de más por la aplicación de la cláusula suelo, aunque con determinados límites en cuanto a su retroactividad.

La empresa 'Robher Asesores' ha participado con éxito en las demandas de varios clientes por cláusulas suelo. Hasta la fecha ya son doce las sentencias favorables.

Para más información consultar en la siguiente página web:http://www.robher-asesores.com

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