Las Cortes vetan que se tramite la iniciativa popular para declarar Castilla y León libre de 'fracking'
La Iniciativa Legislativa Popular de los Ayuntamientos para declarar la Comunidad de Castilla y León libre de la técnica de fractura hidráulica o 'fracking', presentada por veintinueve consistorios de Soria y Burgos no se debatirá en las Cortes autonómicas, al entender que es contraria a la legislación básica del Estado, argumento por el que fue desestimada por la Mesa de la Cámara.
Era la primera propuesta de esa naturaleza presentada tras la modificación en esta legislatura de la ley reguladora de la Inicitiva Legislativa Popular, que rebajó los requisitos para facilitar que colectivos o entidades pudierán acudir a la Cámara para exponer su petición ante el pleno.
La Mesa de las Cortes ha entendido que la ILP excede las competencias legislativas atribuidas a la Comunidad por su Estatuto de Autonomía, no respetar la reserva de ley orgánica establecida en el artículo 81 de la Constitución y es en su totalidad contraria a la legislación básica del Estado, en este caso en relación a la Ley del sector de hidrocarburos.
Los ayuntamientos que respaldaron esta iniciativa, registrada en las Cortes el pasado 29 de septiembre, son Ágreda, Aldealices, Aldealseñor, Almajano, Almenar, Ausejo de la Sierra, Carrascosa de la Sierra, Cerbón, Cihuela, Cirujales, Deza, El Cubo de la Solana, El Royo, Fuentes de Magaña, Golmayo, La Losilla, La Póveda, Los Rábanos, Magaña, Oncala, Salduero, San Felices, San Pedro Manrique, Soria, Sotillo del Rincón, Tardelcuende, Valtajeros, Vinuesa, todos ellos de Soria, y Vilviestre del Pinar (Burgos).
Antes de presentar el texto en las Cortes, los veintinueve ayuntamientos de Soria y Burgos aprobaron por mayoría absoluta en sus respectivos plenos municipales dar su apoyo a esta iniciativa y representan un total de 3.568 vecinos censados y 50.789 personas empadronadas.
De esta manera, la legislatura terminará sin que se estrene el 'escaño ciudadano', tras la reforma de la norma en julio de 2012, por la que se redujo el número de 25.000 firmas a la fórmula de la presentación de una ILP con el uno por ciento del censo de las provincias, que equivale a unas 20.000.
La Comisión Promotora, una vez rechazada la tramitación de la ILP, puede convertir el texto en petición ante las Cortes mediante la presentación de un escrito firmado por todos los miembros promotores. Además contra la resolución de la Mesa, se puede interponer recurso ante el Tribunal Constitucional.