Siete de cada diez municipios deberán realizar inspección técnica de edificios a partir de octubre

Ical

Siete de cada diez municipios de Castilla y León deberán realizar la inspección técnica de edificios (ITE) a partir del mes de octubre, que evalúa periódicamente el estado de conservación de los mismos y el cumplimiento de las condiciones que señale la normativa aplicable a cada tipo de inmueble, según un comunicado de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

El departamento dirigido por Juan Carlos Suárez-Quiñones, junto con los ayuntamientos, ejercen la función de control de la revisión de los edificios que deben pasar la inspección técnica, que se modificará a partir de octubre. El objetivo es comprobar la conservación de los inmuebles y determinar las obras que se deben realizar para su mejor accesibilidad y cumplir los deberes y condiciones citados, así como el plazo señalado al efecto.

Según los datos aportados por los ayuntamientos, desde la puesta en marcha de la inspección técnica se han realizado casi 11.000 inspecciones de este tipo en las capitales de provincia de Castilla y León entre los años 2010 y 2013. La ITE se ha implantado paulatinamente en los municipios. La primera ciudad en poner en marcha la ordenanza reguladora fue León en 2009. Hasta el año 2013, llevó a cabo cerca de 2.500 inspecciones.

En este sentido, existen tres tipos de municipios en Castilla y León: aquellos en los que deben pasar la ITE todos los edificios, que se denomina “completa”; en los que deben pasarlo solamente los inmuebles de uso residencial, es decir, los bloques de viviendas, llamado “ITE parcial”; y todos los demás, donde no es obligatoria.

Los propietarios del edificio tienen la obligación de cumplir con la inspección. En los que cuentan con régimen de propiedad horizontal, la orden se cumple a través de la comunidad de propietarios. El ayuntamiento de cada municipio y la Junta de Castilla y León ejercen la función de control de la revisión, que se lleva a cabo por un técnico competente -aquellos que lo sean para proyectar o dirigir la ejecución de cada tipo de edificio-.

Análisis de los edificios

La persona encargada analiza el estado de conservación del edificio, para lo cual detalla las deficiencias y los desperfectos observados e indica si reúne condiciones de seguridad, con especial atención a los elementos vinculados directamente a la estabilidad, consolidación estructural, estanqueidad y, en general, a la seguridad del edificio y de las personas, tales como la estructura, la cimentación y las fachadas exteriores, interiores y medianeras, así como las cubiertas, azoteas, voladizos, antenas, marquesinas y demás elementos susceptibles de desprendimiento.

A su vez, el técnico valora la seguridad estructural, de forma que no se produzcan en el edificio, o en partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

También la seguridad en caso de incendio, de forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones eficientes, se pueda limitar la extensión del fuego dentro del edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate. Finalmente, la seguridad de utilización, para que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.

Es necesario controlar las condiciones de salubridad, ornato público, accesibilidad y habitabilidad según el uso del edificio inspeccionado, indicando las deficiencias y desperfectos observados. Aquí se incluye la certificación de la eficiencia energética de los edificios. También si el edificio cuenta con los servicios mínimos exigibles y se destina al uso previsto.

En caso de que la ITE no sea favorable, el técnico indicará las obras, trabajos de conservación y demás medidas que sean precisas para mantener o reponer las condiciones exigibles, incluido un calendario de plazos para su ejecución.

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