Según la Cámara, se puede pedir la devolución del IBI con intereses

Camara Propiedad Urbana

ileon.com

Los integrantes de la Cámara de la Propiedad Urbana de León mostraron hoy su satisfacción por la sentencia del Tribunal Supremo conocida este martes, que les da la razón sobre la ilegalidad de la subida del IBI en el año 2008 porque no fue publicada a tiempo en el Boletín Oficial.

“Tras cuatro años de espera y trámites judiciales, la obtención de esta sentencia dará pie a que el Ayuntamiento pueda cumplir la promesa de devolución a todos los ciudadanos realizada por la anterior Corporación, o, en otro caso, facultará a los más de 74.000 contribuyentes que interpusieron recursos ante el órgano municipal para que acudan a los Tribunales contencioso-administrativos e interpongan las oportunas demandas”, indicaron.

“Estábamos seguros de que el Tribunal Supremo nos iba a dar la razón confirmando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y estamos muy satisfechos con nuestra actuación y la de nuestros técnicos en defensa de los intereses de los ciudadanos y contra los abusos de la administración. La sentencia obliga al Ayuntamiento a devolver a todos los contribuyentes que hayan recurrido la subida ilegal del IBI del 2008 y, si no lo hace, provocará la interposición de miles de demandas contra el consistorio en reclamación de las cantidades indebidamente cobradas en su día, junto con los intereses de demora y las costas judiciales”, indicó el presidente, Luis Álvarez Méndez.

La demanda inicial fue presentada por la Cámara de la Propiedad Urbana de León en enero del año 2008 ante el Tribunal Superior de Justicia, motivada fundamentalmente en la publicación fuera de plazo de la modificación de la Ordenanza fiscal que impuso la subida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el Ayuntamiento de León, y que alcanzó casi el 30%.

En marzo de 2010 el Tribunal Superior de Justicia dio la razón a la Cámara de la Propiedad Urbana estimando la demanda y anulando la subida del impuesto para ese año, por haber sido publicada la ordenanza con posterioridad al 31 de diciembre de 2007, ya que, aunque el Boletín Oficial de la Provincia que contenía la publicación estaba fechado el 31 de diciembre de 2007, éste no se publicó efectivamente hasta pasado el 2 de enero de 2008, lo que impidió que la subida entrara en vigor para el año 2008.

Etiquetas
stats