Reconocen el derecho de los ganaderos a realizar contranálisis tras las campañas de saneamiento
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló hoy la resolución del 25 de marzo de 2010 de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, y reconoció el derecho de que los ganaderos reciban las actas de las ejecuciones, pruebas e informe técnico tras la ejecución de las campañas de saneamiento ganadero, además de mostrarse favorable a que los ganaderos puedan realizar contranálisis.
Para los magistrados “debe existir a favor del titular de la cabaña ganadera un derecho reaccional en el sentido de poder contradecir los resultados analíticos obtenidos por la Comunidad Autónoma y cuya morfología más adecuada no puede ser otra más que la del contraanálisis, derecho que comprenderá y para que pueda ser real y efectivo tanto la toma de muestras, como su custodia y conservación, y llegado el momento la realización de la analítica”.
Asimismo, condenan al Gobierno regional a pagar una cuarta parte de las costas procesales, con una sentencia que todavía puede ser impugnada mediante recurso ordinario de casación.