Los proveedores ya pueden consultar si están incluidos en el nuevo Plan de Pago

Ical

Los proveedores con facturas pendientes de la Administración ya pueden consultar desde hoy si están incluidos en el nuevo Plan de Pago para erradicar la morosidad contemplado en el Real Decreto Ley del pasado 28 de junio. En su primer tramo está destinado a pagar obligaciones pendientes de conciertos sanitarios, educativos y de servicios sociales, convenios de colaboración, transferencias al denominado tercer sector, subvenciones a centro tecnológicos, proveedores de universidades y transferencias a entidades locales con pagos pendientes.

El pasado 19 de julio finalizó el plazo para la remisión de relaciones certificadas sobre obligaciones pendientes de pago y realizadas las comprobaciones pertinentes por el Ministerio, siendo 3.843 entidades locales han remitido deudas por importe de 1.955.446.831 euros, correspondientes a 424.181 facturas y 52.028 proveedores. De éstos 17.419 son autónomos (58.211 facturas), 34.090 Pymes (215.610 facturas) y 519 grandes empresas (150.360 facturas), con importes de 103.286.608, 987.240.135 y 864.920.088 euros, respectivamente. Es decir, de cada 100 proveedores con facturas pendientes presentadas, 33 son de autónomos, 65 de pymes y una de grandes empresas.

Por su parte, las comunidades autónomas han presentado 181.211 facturas pendientes por un importe total de 3.507.940.265 euros, repartidos entre conciertos de sanidad, educación, seguros sociales (1.818.801.933 euros); convenios de colaboración (1.354.036.095); subvenciones centros tecnológicos (29.026.616); instituciones sin ánimo de lucro (79.082.879) y proveedores de universidades.

Estas cifras provisionales no serán definitivas hasta que los proveedores comprueben las relaciones presentadas, a partir de ahora los contratistas deben comprobar si sus facturas, correspondientes a las modalidades incluidas en este tramo, han sido presentadas por las Administraciones Territoriales, y en caso contrario, solicitar un certificado individual para que se incluya. Igualmente, y por primera vez, los subcontratistas y resto de acreedores de los proveedores con facturas pendientes de las administraciones pueden conocer ya si sus deudores van a cobrar sus deudas a través de este mecanismo, y en qué momento.

En concreto, los subcontratistas que hubieran presentado la declaración anual informativa sobre las operaciones con terceras personas o las declaraciones informativas sobre operaciones incluidas en los libros registros, relativas a la información correspondiente a los ejercicios 2011 y 2012, ya pueden acceder y conocer datos en la página web de la Agencia Tributaria, consultando la direcciónhttps://www2.agenciatributaria.gob.es/soporteaeat/A3Cknowledge.nsf/vwPreguntasLecturaContribuyentes/50E64B5DD28B29B0C1257B9B0035718A?OpenDocument.

Relaciones certificadas

De esta forma podrán obtener información sobre si las personas o entidades consignadas por el acreedor en las citadas declaraciones están incluidas en las relaciones certificadas enviadas por la comunidad autónoma o la entidad local al Ministerio de Hacienda y administraciones públicas o en las certificaciones individuales que hayan sido aceptadas por la comunidad autónoma o la entidad local.

Asimismo se podrá conocer si las personas o entidades consignadas por el acreedor en las citadas

declaraciones están incluidas entre los proveedores que han aceptado el pago de su deuda a través de este mecanismo, junto a la fecha en la que sea remitida la relación definitiva de facturas a pagar al Instituto de Crédito Oficial como agente de pagos del Fondo para la financiación de los pagos a proveedores.

Con respeto a la normativa sobre protección de datos de carácter personal, la información a la que tenga acceso el acreedor (por ejemplo el subcontratista), de acuerdo con lo previsto en este artículo, podrá ser utilizada con el objetivo de facilitar el cobro de sus créditos pendientes de pago por parte de estos proveedores. A estos efectos, los mencionados proveedores podrán comunicar, antes del correspondiente pago, al agente de pagos del Fondo de financiación para el pago a proveedores (el Instituto de Crédito oficial) los embargos que, en su caso, se hubieran acordado.

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