El Procurador del Común exige evitar el uso de juegos violentos en las bibliotecas públicas

El Procurador del Común pide más control informático infantil en las Bibliotecas Públicas de la Comunidad tras comprobar que menores sin supervisión utilizaban juegos violentos en dichos centros. La institución que dirige Javier Amoedo inició un expediente de oficio tras constatar que en una de ellas, en concreto, en la sala de lectura y préstamo infantil, algunos niños de corta edad utilizaban, en los equipos disponibles, juegos que tenían por objeto la matanza de personajes, para lo que se contaba con armas blancas y de fuego de todo tipo, con la representación explícita de las consecuencias de las heridas y mutilaciones de miembros; todo sin la supervisión, al menos inmediata, de alguna persona adulta, ya fueran padres, tutores o personal de la biblioteca, y aunque de ello pudiera ser testigo cualquier persona presente.
Entre los servicios que ofrecen las Bibliotecas Públicas gestionadas por la Junta se encuentra el de Internet y ofimática, también en las salas de infantil y juvenil, para usuarios de entre tres y 13 años, con materiales y recursos que, en todo caso -subraya el Procurador- deberían ser adecuados para dichas edades.
Tras pedir información a la Consejería de la Consejería de Cultura y Turismo, se puso de manifiesto que en la mayoría de las bibliotecas se muestran de manera visible las normas de uso de los equipos informáticos, que algunos cuentan con medidas de control y filtrado y que se suele exigir autorización de los padres o tutores para que puedan utilizarlos. Pero también se detectó que pese a las recomendaciones de utilización, la aplicación de las mismas era muy desigual.
Así, por ejemplo, en alguna de ellas no se solicita autorización firmada por los padres para usar los equipos informáticos, ni tampoco parece estar prevista la supervisión visual del personal de la sala infantil, con independencia de que la simple autorización tampoco garantiza que los menores puedan hacer un uso inadecuado de las posibilidades que se les ofrece, máxime si pueden acceder solos a las salas a partir de los seis años, tal como permite el artículo 16.2 del Decreto 263/1997, de 26 de diciembre.
También parece que no todos los equipos disponen de la misma configuración del 'software' para controlar la navegación en Internet y, en concreto en la de Soria, se dispone de juegos preinstalados por la propia biblioteca, lo que garantiza la adecuación de los mismos. En otras, el acceso a Internet está limitado a páginas que también propone la propia Biblioteca.
Con todo, señala el Procurador, si no se quiere limitar la gama de utilidades que pueden ofrecer los equipos informáticos, “deben extremarse las medidas de seguridad, tanto activas como pasivas, para que ningún equipo de una biblioteca pública pueda ser un instrumento en el que los menores accedan a contenidos inadecuados”.
Para el Procurador del Común es insuficiente poner carteles con las normas de utilización, como el que aporta como muestra de la Biblioteca Pública de Segovia, en el que se indica, entre otras cosas, que 'No se puede navegar por internet', y que 'Los menores de seis años estarán siempre acompañados por un adulto', si no va acompañado de una supervisión del uso de los equipos que hacen los menores, y ni siquiera se indica que el incumplimiento de las normas podría suponer la suspensión de la condición de usuario de algunos o todos los servicios de la biblioteca por un tiempo determinado, tal como permite el artículo 4.2 del Reglamento interno de organización de los servicios de las Bibliotecas Públicas de titularidad estatal gestionadas por la Comunidad de Castilla y León.
Por otro lado, aunque los padres y tutores han de responsabilizarse de los actos de sus hijos y pupilos, también es evidente que el simple consentimiento, si no están acompañados, y no hay una supervisión por parte del personal de la biblioteca, no será suficiente para evitar el acceso a contenidos inadecuados, que es de lo que se trata en última instancia.
Por último, también llama la atención, aunque ello queda fuera de objeto inicial del expediente, el hecho de que en la Biblioteca Pública de Salamanca no exista sala infantil-juvenil, aún cuando ello pueda venir dado por la planificación del sistema urbano en el que está ubicada, de modo que se pueda acudir a otros recursos ajenos a dicha Biblioteca similares a los que esta podría ofrecer a través de una sala infantil-juvenil.
El Procurador del Común ha pedido a la Consejería que se den las instrucciones precisas para que las bibliotecas públicas gestionadas por la Comunidad de Castilla y León evalúen los instrumentos de control y protección con los que cuentan los equipos informáticos a disposición de los usuarios de las salas infantiles-juveniles, así la configuración de esos instrumentos, y los procedimientos de acceso y uso de dichos equipos, a los efectos de que se extremen las medidas que sea necesario adoptar para que, en ningún caso, los usuarios puedan acceder a contenidos inadecuados para su edad.