La Junta modifica la elección de miembros de las cámaras de Comercio antes de su renovación

Manuel Lamelas, presidente de la Cámara de Comercio e Industria de León/ Peio García ICAL

Ical

La Junta de Castilla y León ha elaborado el proyecto de decreto para adaptar a la nueva normativa estatal la composición de los órganos de gobierno de las cámaras de Comercio e Industria de la Comunidad, así como el procedimiento de elección de sus miembros, al que se podrá presentar alegaciones hasta el próximo 16 de agosto. El documento, que se puede consultar en el espacio de Gobierno Abierto de la web del Ejecutivo autonómico, expone que tiene como objetivo dar cumplimiento al mandato legal de la nueva Ley de Cámaras de abril de este año, de adaptar su contenido en estas materias en la legislación autonómica antes del 31 de enero de 2015.

El texto normativo expone que los órganos de gobierno de estas instituciones son el pleno, el comité ejecutivo y el presidente; y establece que los mandatos serán de cuatro años, pudiendo ser reelegidos.

El pleno estará integrado por un número de vocales determinado por los electores, desde los 12, entre 1 y 12.000; 18 entre 12.001 y 18.000; 24 entre 18.001 y 24.000; 30 entre 24.001 a 30.000; 36 entre 30.001 y 36.000; 48 entre 36.001 y 48.000; 54 entre 48.001 y 60.000; y 60 con más de 60.000.

Dos tercios del número total de vocales del pleno se elegirán entre todas las empresas pertenecientes a las cámaras mediante sufragio libre, igual, director y secreto entre los electores.

Un sexto serán representantes de empresas y personas de reconocido prestigio en la vida económica dentro de la demarcación de cada cámara, a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y territoriales más representativas.

Asimismo, otra sexta parte estará integrada por miembros de las empresas de mayor aportación voluntaria. El proyecto de decreto expone que estas empresas deberán adquirir el compromiso de mantener dichas aportaciones hasta la realización de nuevas elecciones.

Además, podrán asistir a las reuniones del pleno personas de reconocido prestigio con voz pero sin voto. El presidente propondrá a los vocales de los tres grupos anteriores una lista con estas personas. El número total de personas elegidas no podrá exceder al 20 por ciento del total de vocales del pleno.

En cuanto al comité ejecutivo será elegido por el pleno entre los vocales de los grupos, y en ningún caso su número será inferior al 25 por ciento del total de vocales. Estará integrado por un presidente, uno o más vicepresidentes, el tesorero, y el número de miembros que determine el reglamento de cada cámara. Se constituye como el órgano permanente de de gestión, administración propuesta de las cámaras.

Por último, el presidente ostentará la representación de la cámara, la presidencia de todos sus órganos colegiados y será el responsable de la ejecución de sus acuerdos. Será elegido por el pleno de entre los vocales de los tres grupos.

Etiquetas
stats