La Federación Coral Leonesa se presenta en Astorga con un concierto con 12 formaciones
La estancia máxima en el centro de día del CRE de León para la atención a personas dependientes será de 18 meses
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad publicó hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que crea y regula las funciones de los centros de referencia estatal de Atención a Personas en Situación de Dependencia, ubicado en León, y al de Atención Sociosanitaria de Soria que fija que la duración máxima de estancia en el centro de día y de atención ambulatoria será de 18 meses, aunque es un periodo que “excepcionalmente”, podrá ampliarse a propuesta del equipo multidisciplinar.
Además, la orden recoge que los servicios de alojamiento temporal, en régimen de residencia o centro de noche, destinados a personas que precisen atención en periodos cortos o en horario nocturno para respiro familiar u otras necesidades familiares serán inferiores a 15 días. En ambos casos, los usuarios deberán tener más de 45 años y presentar una situación de dependencia crónica o reversible derivada de discapacidad intelectual o riesgo de dicha situación.
También dispone de servicios de intervención con las familias y cuidadores y de colaboración con organizaciones no gubernamentales del sector, que incluyen servicios de información, asesoramiento, formación y entrenamiento en habilidades y cuidados cotidianos, prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal.
El centro debe contribuir a conceptualizar este modelo de servicio, unificar y/o coordinar ciertos procedimientos de actuación, homogeneizar los niveles de atención que deben ofrecer los centros de día y los alojamientos temporales para personas en situación de dependencia derivada de discapacidad intelectual, así como sentar las bases para el control de la calidad de la atención prestada.
No en vano, las instalaciones son un centro avanzado en la promoción, desarrollo y difusión de conocimientos, experiencias innovadoras y métodos de intervención en materia de atención sociocomunitaria y de apoyo a la familia y como centro de alta especialización que, presta atención integral y especializada a las necesidades básicas, terapéuticas y sociales de la persona en situación de dependencia derivada de discapacidad intelectual promoviendo su autonomía y una permanencia adecuada en su entorno habitual.
En ese sentido, los usuarios de los servicios de atención especializada directa del centro serán las distintas administraciones públicas, entidades públicas y privadas y organizaciones del sector, centros de investigación y/o docencia, equipos científicos y profesionales y otras personas que trabajen o estén interesadas en las situaciones de dependencia derivadas de discapacidad intelectual.
En cuanto a la financiación, la orden recoge, de forma expresa, que las medidas incluidas en esta norma no podrán suponer un incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal. En todo caso, el Imserso proveerá al Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas en Situación de Dependencia de los medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.