El Ayuntamiento de Cimanes del Tejar trabaja, cauto en el inventario que podría permitir cobrar la tasa a las eléctricas

El Ayuntamiento de Cimanes del Tejar avanza en este momento en el trabajo de elaborar un inventario preciso y exhaustivo de montes de utilidad pública afectados por líneas eléctricas a su paso por este municipio leonés. Y en tanto este inventario no concluya, y siempre que no haya recursos de ninguna compañía contra la aplicación de la tasa aprobada al efecto por el Consistorio, “no se puede conocer la cantidad que corresponde cobrar” en este municipio.
Así lo aclara el alcalde de Cimanes del Tejar, el socialista Andrés García González, tras conocerse la reciente sentencia del Tribunal Supremo que rechaza el recurso de la compañía Unión Fenosa a la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público.
El regidor advierte que, como hasta ahora, se trata de un proceso complejo en el que hay que ser “cauto” y “muy riguroso”. Porque incluso habrá que esperar a que una vez realizado el inventario, nadie interponga otro recurso contra la liquidación de la tasa avalada por el Supremo. Una sentencia, por cierto, que fue “costosa” para las arcas municipales.
El actual equipo de Gobierno de Cimanes del Tejar, primer ayuntamiento de la provincia junto a Quintana del Castillo en obtener el respaldo judicial definitivo para proseguir el intento de cobro a las eléctricas, recuerda que el proceso parte del 11 de octubre del año 2012, cuando se aprobó la primera ordenanza.
Una tasa que jamás aplicó el anterior equipo de Gobierno
Sin embargo, pese a tenerlo todo a favor, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 21 de diciembre de este año 2012 para comenzar el cobro el primer día de 2013, pero el anterior equipo de Gobierno municipal jamás lo llegó a cobrar.
Ante este hecho, fue en agosto de 2014 cuando se tuvo que impulsar una segunda ordenanza. En este caso, en el proceso de información pública, Unión Fenosa sí interpuso alegaciones, que el Pleno resolvió en apenas dos meses para su entrada en vigor en 2015, derogando la ordenanza anterior nunca aplicada.
Sin embargo, la compañía ahora sí decidió pleitear judicialmente, presentando un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León que ganó en febrero de 2016. Un mes después, el Pleno municipal decidió elevar el asunto al Supremo, que ahora sí falla a favor de los intereses municipales.