La Justicia mantiene la suspensión de actuaciones judiciales no esenciales durante la prórroga del estado de alarma

La Audiencia Provincial de León (Foto: Google Street Wiew)

Servimedia / ICAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este sábado mantener la validez de los acuerdos adoptados por este órgano en relación con la pandemia del coronavirus y mantener, por tanto, la suspensión de las actuaciones judiciales no esenciales durante la prórroga del estado de alarma.

La decisión se adoptó una vez que el Boletín Oficial del Estado publicó hoy la resolución de 9 de abril de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria del Covid-19.

Entre los acuerdos -cuya validez y eficacia se mantienen- figura la suspensión de todas las actuaciones judiciales programadas y los plazos procesales que tal decisión conlleva, salvo en los supuestos de servicios esenciales.

Los servicios esenciales son los aprobados por el Consejo el pasado 13 de marzo de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, con las precisiones realizadas desde entonces.

La Comisión Permanente señala en su acuerdo que la suspensión de los plazos y la interrupción de los términos establecida en la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020 no comporta la inhabilidad de los días para el dictado de las resoluciones ni afecta al normal funcionamiento de la Administración de Justicia en la forma y en el modo que se determine por los órganos de gobierno del Poder Judicial.

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