La Junta convoca las ayudas compensatorias de los daños ocasionados por lobos

Prensa Junta Castilla y León

El Plan de Conservación y Gestión del lobo establece todas las medidas tendentes a garantizar la conservación del lobo y a mejorar la compatibilidad de la especie con la ganadería extensiva. Entre las medidas que recoge el Plan aparecen las relacionadas con la compensación de los daños a la ganadería. En este sentido, se establecen unas ayudas para compensar las franquicias de los seguros que cubran los daños ocasionados en las explotaciones ganaderas por lobos o perros asilvestrados y, en los supuestos en los que se acredite que los daños ocasionados por lobos, se compensará el lucro cesante y los daños indirectos.

Por ello, para agilizar los pagos derivados de estas ayudas y dar cumplida satisfacción a la finalidad perseguida por las mismas, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente tiene contratada una póliza de seguro de accidentes de ganado, a través de una compañía aseguradora que permite alcanzar tales fines y que se ha renovado esta semana. Cabe destacar también que el ganadero puede suscribirlo con la compañía que desee.

El pago de las ayudas correspondientes a las solicitudes por siniestros acaecidos durante el año 2012 y por los conceptos a los que se refiere la convocatoria se realizarán por la compañía aseguradora a la cuenta que haya indicado el beneficiario en su solicitud.

Beneficiarios

Podrán acogerse a esta convocatoria los ganaderos o titulares de explotaciones de ganado vacuno, ovino, caprino y equino cuyo ganado haya sufrido daños causados por los lobos o perros asilvestrados en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, ambos inclusive que tengan vigentes en el momento de producirse el daño, las pólizas que cubran los siniestros ocasionados por estos animales.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente abonará la cuantía de la franquicia del seguro con unos máximos establecidos para ganado meno y mayor, en el caso de todos los ataques y también abonará el lucro cesante conforme a las tablas recogidas en la Orden que hoy publica el Bocyl, en el caso de que el ataque se haya acreditado que ha sido por lobo.

Las cuantías máximas que podrán concederse por siniestro para los casos de lobo son: 770 euros para ganado vacuno, 300 euros para ganado ovino y caprino y 440 euros para ganado equino. Los precios máximos por cabeza y tipo de ganado para el cálculo de la cuantía de la ayuda, no superarán, en ningún caso, los fijados en las tablas recogidas en la Orden del Bocyl (Anexo I).

Comunicación del siniestro

La comunicación del siniestro por parte del ganadero a la Guardería Medio Ambiental, Servicio Territorial de la provincia o al personal designado por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a tal fin, se realizará en un plazo máximo de 48 horas desde que se produjo el siniestro. Una vez comunicado el siniestro, personal de la Junta realizará una visita y emitirá el informe correspondiente. El ganadero tendrá un mes para formular la solicitud a la que deberá incorporar copia del informe y copia de su seguro.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se podrán formalizar en el modelo III que aparece en el Bocyl y estará disponible en la sede electrónica.

Las solicitudes podrán presentarse en las oficinas y puntos de información y atención al ciudadano de la Junta de Castilla y León, mediante telefax y de forma telemática en el registro de la página web de la Junta.

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