El 'derecho de admisión' según la nueva norma de la Junta

Ical

El proyecto de decreto de la Junta para modificar el reglamento que regula el derecho de admisión en espectáculos públicos y en actividades recreativas, contempla eximir del mismo a los cines, teatros, actividades culturales y acontecimientos deportivos, mientras que contempla su obligatoriedad en discotecas, salas de fiesta, pubs, karaokes, ciber-cafés, boleras, salas de exhibiciones especiales y locales multiocios, siempre que se exija a los espectadores el abono de una entrada.

El derecho de admisión tiene la finalidad de garantizar la seguridad de las personas que acuden a un local público y de que se cumpla el principio de no discriminación. Esta facultad la pueden ejercer los titulares de los establecimientos mediante la aplicación de medidas como el control de los accesos y del aforo, la limitación por edades y la disponibilidad de contar de trabajadores para ejercer estos controles.

En la reforma que pretende introducir la Consejería de Fomento y Medio Ambiente también se propone la desaparición de un examen y de una prueba práctica para la obtención de la habilitación necesaria para ejercer como portero de espectáculos públicos. Al mismo tiempo, se propone que el personal de servicio de admisión no podrá desempeñar funciones atribuidas al personal de seguridad privada, mientras que estos agentes sí podrán realizar tareas de porteros.

Entre los requisitos que se fijan para poder acceder a la habilitación como portero de actividades recreativas figuran estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional de grado medio, carecer de antecedentes delictivos, certificado de aptitud psicológica emitido por el Colegio Profesional de Psicólogos de Castilla y León.

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