Condena a los dueños de un club de Mansilla por retener a mujeres y a un policía nacional de Extranjería que les protegía
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado íntegramente las condenas impuestas por la Audiencia Provincial de León en el conocido caso del Club Bahillo, en la localidad leonesa de Mansilla de las Mulas, un procedimiento que se originó tras la operación policial desarrollada en 2019 en ese local de alterne en el que se retenía a varias mujeres para presuntamente ejercer la prostitución, con el amparo de un subinspector de Extranjería de la Policía Nacional, como desveló ILEÓN en exclusiva en el año 2019.
La sentencia hoy conocida del Alto Tribunal autonómico desestima los recursos de apelación interpuestos por los condenados, los dueños de la empresa que regentaba el local, cerrado hace muchos años, y ratifica sus penas, tanto impuestas a los gerentes como al funcionario policial, declarando así firmes varias absoluciones de otros delitos por los que también fueron juzgados. Ya sólo cabría un último recurso ante el Tribunal Supremo.
Los responsables del establecimiento, ambos socios de la empresa Hotelera Leonesa SAP, fueron condenados como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con otro contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
El tribunal considera probado que hasta diecisiete mujeres extranjeras realizaban labores de alterne en el club sin estar dadas de alta en la Seguridad Social y, en muchos casos, en situación irregular en España. La Sala reitera el criterio de la Audiencia de que la actividad de alterne reúne las condiciones de una relación laboral, por lo que los acusados debieron cumplir con las obligaciones de cotización.
Cada uno de ellos deberá cumplir un año de prisión, inhabilitación especial para actividades empresariales por un año, multa e indemnizar solidariamente a la Tesorería General de la Seguridad Social por las cuotas no ingresadas. Además, se mantiene la suspensión de actividades durante un año del local Club Bahillo.
Condena al policía de Extranjería
El TSJ también confirma la pena impuesta al subinspector del Cuerpo Nacional de Policía, cuyo nombre nunca ha trascendido, el cual estaba entonces destinado en la Brigada Provincial de Extranjería de León. La condena es por un delito de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público, que tenía acceso a información privilegiada que afectaba a la actividad a las que se sometía a las mujeres, casi todas precisamente extranjeras.
Según los hechos probados, el agente accedió indebidamente a bases de datos policiales para consultar antecedentes personales de un ciudadano, información que posteriormente reveló a una tercera persona. Fue condenado a tres años y seis meses de prisión y a nueve años de inhabilitación absoluta, lo cual ratifica ahora el Tribunal.
También se confirman las absoluciones de otros acusados, entre ellos dos guardias civiles inicialmente investigados, y descarta la existencia de delitos de falsificación, omisión del deber de perseguir delitos, tráfico de drogas o blanqueo de capitales, que ya habían sido rechazados por la Audiencia Provincial.
Sin dilaciones indebidas
El TSJCyL también rechaza aplicar la atenuante que las defensas habían argumentado, basado en presuntas dilaciones indebidas al juzgarse este caso. El tribunal entiende que el procedimiento, que se inició tras la denuncia de una mujer paraguaya en el año 2018, y que fue declarado secreto durante dos años, se desarrolló dentro de plazos razonables, dada su gran complejidad.
Fue aquella denuncia particular de la mujer la que dio origen a todo el caso, al denunciar en la propia Comisaría que había sufrido la retención de su documentación personal. La operación derivó en la detención de los responsables del club y del propio subinspector de Extranjería, aunque posteriormente fue puesto en libertad con cargos, en una investigación que abordó presuntos delitos relacionados con la inmigración irregular, la explotación laboral y la corrupción policial. En aquella ocasión, el Ministerio del Interior se negó a informar a ILEÓN si este policía había sido apartado de su puesto.