La Audiencia de Salamanca rechaza rebajar las condenas a dos hombres por abuso y agresión sexual de menores

Audiencia Provincial de Salamanca.

Redacción ILEÓN / Agencia ICAL

La Audiencia Provincial de Salamanca rechaza disminuir las penas de dos hombres condenados por los delitos de abuso sexual, violación y exhibición de pornografía a menores en aplicación de la nueva legislación del ‘solo sí es sí’.

En primer término, la Sala decidió rechazar la disminución de la pena a un hombre condenado a un total de 16 años de prisión por agredir sexualmente y violar a la hija de su pareja, de 15 años. A petición de la defensa, revisó el contenido de la causa en base a la nueva normativa conocida popularmente como ley de ‘solo sí es sí’.

El hombre estaba condenada por un delito de agresión sexual a la pena de cuatro años de prisión y por otro de violación consumada a otros 12 años, lo que resulta el total de 16, pena que deberá seguir cumpliendo en virtud de la acuerdo difundido este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Los hechos se remontan a febrero de 2004, cuando el condenado, con 35 años entonces, convivía con su pareja y las dos hijas de ella, ambas menores. El 22 de febrero por la mañana aprovechó la ausencia de la madre para irrumpir en la habitación de una de ellas, de 15 años y, tras mantener una conversación subida de tono con ella, agredirla sexualmente.

Los meses pasaron sin que la niña desvelara lo sucedido por temor al hombre, hasta el mes de septiembre, cuando durante otra ausencia de la madre, el tipo volvió a acudir a la habitación de la menor, que trató de huir desde el primer momento, e intentó que le realizara por la fuerza una felación. Tras no conseguirlo, se colocó un preservativo y consumó la violación.

La depresión en la que entró la menor se hizo evidente para su madre que le insistió en que le contara lo que ocurría hasta que, a las pocas semanas, por fin lo hizo. En noviembre de 2004 acudieron al servicio de atención a la mujer de la Policía Nacional e interpusieron la denuncia.

De la misma manera, la Audiencia de Salamanca mantiene la pena a un hombre por la comisión de un delito de abuso sexual a menores, de dos años de prisión, y otro de exhibición de pornografía también a menores, de seis meses, tras revisar su caso a petición de la defensa en base a la nueva legislación conocida popularmente como la ley de ‘solo sí es sí’.

Según recoge el auto, “dado que la conducta sancionada en la sentencia está tipificada, tanto antes como después de la reforma introducida por la Ley Orgánica 10/2022, con idéntica penalidad, no proceder efectuar revisión alguna de dicha pena, sin importar que en la actualidad cambie la denominación del delito, que pasa de ‘delito de abuso sexual’ a ‘agresión sexual a menor de 16 años’”.

Los hechos se remontan a mediados de enero de 2014, cuando el condenado se quedó a dormir una noche en casa de su novia de entonces, coincidiendo en el domicilio con su hija, de diez años, y una amiga de ésta, de la misma edad, que también se había quedado a pernoctar en el domicilio, Aprovechando que su pareja se marchó a dormir mostró a las menores videos de contenido pornográfico entre adultos, pidiendo que no dijeran nada. Ese mismo día, de madrugada, cuando las dos menores se habían acostado, se introdujo en la cama con ellas y realizó diversos tocamientos.

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