La ULE pone herramientas para responder al reto de la discapacidad y las necesidades educativas específicas

Alumno con discapacidad.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de León (ULE) aprobó el 'Reglamento sobre la atención a personas con discapacidad y necesidades educativas específicas (NEA) de apoyo', una decisión que avala el compromiso de la institución académica con los estudiantes afectados.

Antes de llegar al Consejo de Gobierno se realizó un importante trabajo de investigación, debate e intercambio de ideas, que fue impulsado por la Oficina del Defensor de la Comunidad Universitaria dirigida por el profesor Paulino Pardo Prieto, que explica que se había detectado “la necesidad de ofrecer una solución de conjunto a una serie de actividades que se estaban realizando de forma dispersa desde la Unidad de Discapacidad, y dar una orientación más amplia y referida no solo a los estudiantes, sino a toda la comunidad, y no solo a quienes tienen discapacidad, sino a todos los que tienen necesidades específicas de todo tipo”.

Para trabajar sobre ese reglamento que reconociera los derechos y determinase los servicios que la ULE debe prestar a las personas que están en esas situaciones, Pardo Prieto contó con la colaboración de un equipo multidisciplinar integrado por las profesoras Lourdes Gutiérrez Provecho y Rosa Eva Valle, de la Facultad de Educación; Trinidad Guzmán González, profesora de filología; Charo Turienzo González, de la Unidad de Apoyo a Estudiantes con Discapacidad; y Adelina Rodríguez Pacios, de la de Igualdad.

Charo Turienzo recuerda que ya desde 2002 se venía realizando una tarea dirigida básicamente a estudiantes. La docente ofrece algunos datos que indican que en ese momento la ULE tenía matriculadas 38 personas con discapacidad, cifra que ha ido aumentando, de manera que en el 2021 la cifra ascendía a 214, si bien aclara que hay muchos más casos de personas que no tienen reconocido un grado igual o superior al 33% de discapacidad, pero que tienen necesidades específicas, como estudiantes con hiperactividad o con dislexia, que precisan de apoyo para el seguimiento de las clases y la realización de las pruebas.

“Hay estudiantes con discapacidad, por ejemplo en silla de ruedas, que pueden seguir una clase perfectamente, y en cambio otros no discapacitados que si tienen dislexia severa”, explica Turienzo, “tienen muchas más dificultades”. Por ese motivo, “el año pasado casi la mitad de quienes solicitaron y se les prestó apoyo no tenían discapacidad reconocida”.

La redacción del reglamento fue cambiando a medida que se adaptó a lo que verdaderamente estaba sucediendo. Paulino Pardo añade que fue de gran importancia la aportación de Trinidad Guzmán, que desde su visión de filóloga pudo aconsejar el tratamiento lingüístico más adecuado. “La nomenclatura académica -comentan Lourdes Gutiérrez y Rosa Eva Valle- es en ocasiones muy confusa, y también fue de gran ayuda el contacto con otras universidades”.

Trabajar en la búsqueda de un consenso

El género, la cuestión sintáctica, el buen uso de los términos, o la simplificación de los tecnicismos propios del derecho, han sido algunas de las cuestiones en las que ha sido preciso trabajar en busca de un consenso que diera la respuesta correcta a todas las necesidades.

En la exposición de motivos el reglamento de la ULE indica que estas personas a menudo ven obstaculizado el ejercicio de derechos fundamentales como el de recibir una educación, trasladarse libremente de un lugar a otro, desarrollar una vida independiente o desempeñar un empleo. En ocasiones, “la dificultad no radica en la discapacidad en sí, sino en los condicionantes externos del medio en el que la persona se desenvuelve. De ahí la necesidad de incorporar un modelo de universidad cada vez más inclusivo, donde el diseño universal se sitúe en el centro, favoreciendo no solo a las personas con discapacidad, sino a la comunidad universitaria en su conjunto”.

El reglamento detalla los derechos de las personas, entre los que se encuentra la igualdad de oportunidades; el de recibir información, orientación y asesoramiento; a una evaluación de las necesidades específicas derivadas de su condición; a la accesibilidad universal a los edificios, espacios, instalaciones y dependencias; a que se garantice la confidencialidad de la información y documentación gestionada; a la reserva del porcentaje previsto por la ley en todas las titulaciones oficiales a las personas con discapacidad o NEA; y a los demás derechos reconocidos por la normativa vigente, que sean aplicables en el ámbito universitario.

El texto recoge el procedimiento de actuación para tramitar las solicitudes de las personas interesadas, a través del Servicio de Apoyo de la ULE, así como diferentes medidas de acción positiva, que serán propiciadas por la Unidad de Igualdad, entre las que destaca el diseño de un programa de atención personalizado para cada estudiante que voluntariamente lo solicite, la mejora de la adecuación de los trámites administrativos, etcétera.

Charo Turienzo afirma a modo de conclusión que “aunque el paso dado es muy importante”, ahora es preciso no quedarse ahí y profundizar y afianzarlo, y para ello “es imprescindible más dotación y más personal”, ya que el nuevo reglamento afecta no solo a los alumnos, sino a toda la comunidad, también al personal docente e investigador, y al de administración y servicios.

Etiquetas
stats