La Junta fija el número máximo de pases para pescadores en Ponferrada, Santa Marina del Rey y Villanueva del Carrizo

Pescador en un río.

Agencia ICAL

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha publicado este jueves en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) la Orden de Pesca para 2023, donde se limitan los pases de reserva anticipada que puede disfrutar un pescador por temporada en Ponferrada, Santa Marina del Rey y Villanueva del Carrizo en la provincia de León, debido a la alta demanda y con el objeto de garantizar la igualdad de oportunidades entre sus potenciales usuarios.

Además, determina que en las aguas no trucheras el acceso es libre todos los días del año, mientras que en las aguas truchera de las provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora se podrá acceder todos los días desde el 25 de marzo hasta el 31 de julio. En el caso de Ávila, Salamanca, Valladolid y Segovia el acceso libre va del 18 de marzo hasta el 31 de julio.

La orden establece medidas de gestión de pesca para el control de especies exóticas invasoras, de manera que no se contempla talla mínima, cupo de capturas ni se permite la devolución a las aguas de los ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, con la salvedad de la carpa (Cyprinus carpio) y del black-bass Micropterus salmoides) en determinadas masas de agua delimitadas. En el caso del cangrejo rojo (Procambarus clarkii) y del cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus), pese a su carácter exótico invasor que aconsejaría su control poblacional durante todo el año, la orden contempla que las medidas de gestión y control a través de la pesca sean llevadas a cabo exclusivamente entre los meses de junio a diciembre para minimizar las molestias que los pescadores pudieran ocasionar al resto de especies de fauna silvestre tanto acuática como no acuática, especialmente en períodos críticos como los de reproducción, cría e invernada.

A su vez, se establece un cupo de cero truchas en las aguas no trucheras, justificado por el carácter de especie de interés preferente, que aconseja una protección de las poblaciones residuales o potencialmente colonizadores de estas aguas. Además, y atendiendo a la singularidad temporal de los movimientos prerreproductores primaverales de diversas especies de ciprínidos ibéricos (barbos, bogas, bordallo, cacho y madrilla) y a su mayor vulnerabilidad en esta época del año, la orden contempla que durante los meses de mayo y junio el cupo de capturas será de cero ejemplares.

En cuanto a las tallas, se establece un tamaño mínimo en los barbos (18 centímetros); tenca (15 centímetros); gobio y piscardo (8 centímetros) y bogas, madrilla, bordallo y cacho (10 centímetros), mientras que para el carpín no se establece talla.

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