El TSJ condena a más de dos años de cárcel a un hombre por estafar más de 32.000 euros a su pareja en León

Imagen de archivo: Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

Agencia ICAL

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha emitido una sentencia en la que ratifica la condena de 25 meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de León a un hombre por estafar más de 32.800 euros a su pareja y a la familia de esta a través de diferentes pretextos.

La sentencia, que “no considera probado que se tratase de una relación estable y permanente, debido a la la inexistencia de alguna muestra de afecto”, estima que el condenado “tenía como único propósito el de obtener un lucro económico a costa de la mujer y de su familia, simulando un afecto hacia la misma que no existía”.

De acuerdo con el texto emitido por la Audiencia y ratificado por el TSJCyL, el acusado estafó a la que era su pareja 2.100 euros con la supuesta adquisición de un vehículo que nunca ocurrió y otros 2.100 euros con una supuesta deuda por la rescisión de un contrato.

A la madre de esta le estafó 4.400 euros por sus supuestas labores de abogado para la gestión de su padre, que había fallecido, alegando que debía hacerse u cuaderno particional y liquidarse una deuda con Hacienda, aunque “resultó ser otro timo”. Asimismo, tanto a ella como a su marido les pidió 1.500 euros para la compra de un supuesto piso, “siendo un engaño”, y 2.470 eros para la tramitación de una pensión de jubilación por incapacidad, “resultado ello un nuevo timo”.

El condenado también estafó al tío de su pareja con 4.200 euros por una supuesta deuda de la herencia de su padre, que no existía, así como 2.500 para un supuesto informe médico para una jubilación, que tampoco existió nunca, 300 euros para una presunta deuda por Gersul, 2.000 euros para una provisión de fondos para una herencia y 700 para Hacienda. Además, en su falsa condición de abogado, le pidió también 10.600 euros para un pleito de lindes del que incluso llegó a aportarle una sentencia que “era una burda falsificación” y que “terminó levantando todas las sospechas”.

Por todo ello, la Audiencia Provincial de León condenó al acusado de los hechos a 25 meses de prisión como autor de un delito continuado de estafa, ya definido, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante análoga de confesión, así como a indemnizar a la que fue su pareja con 4.200 euros, a la madre de esta con 5.900, a su padre con 2.400 y a su tío con 20.300.

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