Publicadas las ayudas para la restauración y conservación del patrimonio en zonas rurales

La Iglesia de San Tirso de Sahagún, una joya mudéjar.

Ical

La Consejería de Cultura y Turismo ha publicado la convocatoria de dos líneas de ayudas para restauración y conservación del patrimonio, tanto para los ayuntamientos como para los titulares de inmuebles. Estas ayudas, que se retoman nuevamente este año, están dirigidas a zonas rurales y a pequeños conjuntos históricos con menos de 20.000 habitantes, y se pueden consultar en el Bocyl del pasado miércoles, 29 de marzo, según informó hoy la Junta en un comunicado.

Las subvenciones, que llegaron el año pasado a 20 municipios, pretenden fortalecer y promocionar los conjuntos históricos de la Comunidad. Como novedad, en el caso de las entidades locales, la cuantía máxima por beneficiario asciende a 50.000 euros, frente a los 30.000 euros de la anterior. Además, la tramitación electrónica será obligatoria para las personas jurídicas. Por otro lado, esta ayuda será compatible en las dos líneas con cualquier otra que se reciba, siempre que el importe subvencionado no supere el coste total de la actuación.

Las subvenciones tienen dos líneas de actuaciones: una primera destinada a particulares para obras de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes en el patrimonio cultural situados en municipios de menos de 20.000 habitantes, mientras que la segunda pueden solicitarla entidades locales, también con una población inferior a 20.000 habitantes, para obras de conservación, restauración y recuperación de áreas o elementos urbanos, así como para la redacción de plan especial.

Solicitantes de las ayudas

A estas subvenciones pueden optar tanto los particulares como las entidades locales. Dentro de los particulares, pueden solicitar estas ayudas, las personas físicas, las personas jurídicas privadas sin fines de lucro o las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin fines de lucro, las comunidades de propietarios, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado aunque carezcan de personalidad jurídica. Por su parte, pueden acceder a estas ayudas las entidades locales que tengan una población inferior a 20.000 habitantes. Deben cumplir, además, una serie de requisitos específicos que se indican en la orden publicada en el BOCyL, donde también aparecen las actuaciones objeto de la subvención.

Las actividades que resulten subvencionadas deberán haberse ejecutado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, ambos inclusive. La cuantía destinada en esta convocatoria de subvenciones asciende al 50 por ciento del gasto subvencionable, sin que pueda superarse la cuantía de 30.000 euros por beneficiario en caso de particulares. Por su parte, las cuantías para las entidades locales, ascienden al 50 por ciento del gasto subvencionable, sin que pueda superarse la cuantía de 50.000 euros por beneficiario.

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