Una maniobra del alcalde de Sahagún sólo logra dilatar 24 horas su comparecencia por tres delitos

Redondo en las Cortes de Castilla y León, donde es procurador del PP. / Rubén Cacho / ICAL

ileon.com

El magistrado instructor del caso abierto en la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha citado para mañana jueves al alcalde de Sahagún y procurador autonómico del Partido Popular, Emilio Redondo, para tomarle declaración, a petición del Fiscal, por la presunta comisión de tres graves delitos penales como regidor de este municipio.

Redondo, que está aforado -protegido- por su cargo institucional debería haber comparecido hoy miércoles ante el Tribunal pero en el último momento utilizó una curiosa maniobra dilatoria para retrasar en el tiempo este delicado momento de su comparecencia, aduciendo que en la jornada de hoy no podía acudir a Burgos porque tenía que estar presente en el Pleno de las Cortes de Castilla y León, institución en la que es parlamentario del PP por la provincia de León. Lo curioso es que hace muchos días que ese Pleno estaba convocado, pero él lo notificó al Tribunal en el último momento.

La Sala ha dado por bueno su argumento para no comparecer, pero con la maniobra apenas ha conseguido 24 horas de retraso porque la citación se ha trasladado simplemente para mañana jueves. Será a partir de ese momento en el que Emilio Redondo se enfrentará a la decisión del TSJ respecto a los posibles delitos de malversación, falsedad en documento público y prevaricación, en concreto por dos obras municipales, una de ellas que contaba con subvención pública de la Diputación de León, y que fueron pagadas sin ejecutarse, como denunciaron ante la Fiscalía todos los grupos de oposición en el Ayuntamiento de Sahagún.

Las tres posibles vías

Según fuentes judiciales, tras escuchar al citado, el juez instructor decidirá si pudiera haber un delito penal y hay que continuar investigando; si con los datos que ya se tienen, hay que juzgar al alcalde de Sahagún y entonces otro de los magistrados de la Sala señalaría juicio oral; o, como tercera posibilidad, si no hay hechos delictivos penalmente y por tanto se archiva el caso o se acuerda su sobreseimiento provisional.

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