La Iglesia prohíbe a un cura de La Bañeza acercarse a niños hasta que cumpla los 80 años

Peio García / ICAL Exalumnos del seminario de La Bañeza (León) en una manifestación tras la denuncia de un caso de pederastia en Astorga.

El Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica condena al sacerdote de La Bañeza Ángel Sánchez Cao a no poder ejercer cargos que impliquen el contacto esporádico o habitual con menores de 18 años hasta que cumpla los 80, por abusos sexuales, de poder y conciencia. De la misma manera, le revoca, por el mismo periodo de tiempo, la facultad de oír “habitualmente” confesiones. Así, resuelve la investigación abierta hace casi tres años por el Obispado de Astorga.

Este proceso administrativo penal, siguiendo el Código de Derecho Canónico, concluye que el párroco de 68 años en la actualidad, cometió abusos a menores en el Seminario de La Bañeza en 1980. “Esta Iglesia lamenta profundamente estos hechos y reitera su petición de perdón por el grave daño causado a las víctimas en su desarrollo humano y cristiano”, trasladan a través de un comunicado en el que, además, muestran su “respeto y acatamiento de las resoluciones canónicas, reitera su compromiso de apoyo a las víctimas dentro del marco normativo establecido, y se afianza en su propósito de seguir trabajando activamente para que los espacios eclesiales sean lugares seguros”.

Cabe recordar que en enero de 2019, el Obispado de Astorga apartó cautelarmente a Sánchez Cao de las parroquias después de recibir “noticias fundadas” sobre los presuntos abusos cometidos y ordenó la apertura de una investigación preliminar para esclarecer los hechos. El sacerdote ya había sido investigado por denuncias relacionadas con otros presuntos delitos similares cometidos con anterioridad.

A pesar de que los casos conocidos estaban prescritos civil y canónicamente, la Congregación para la Doctrina de la Fe levantó la prescripción de los delitos para seguir adelante con el proceso sobre unos hechos calificados de “execrables”. Algo que lo llevó, incluso, a querellarse contra una de las víctimas por “calumnias e injurias”.

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