El Gobierno aprueba una moratoria de seis meses en el pago a la Seguridad Social para 12 sectores económicos

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ICAL

Empresas y autónomos del comercio, actividades agrícolas, carpintería, publicidad o peluquería podrán retrasar las cotizaciones sociales correspondientes hasta julio. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado una moratoria en el pago de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social de seis meses para doce sectores económicos entre los que figura el comercio, las peluquerías o las actividades agrícolas.

La Orden Ministerial que desarrolla la medida permitirá así suspender durante seis meses y sin ningún tipo de interés los abonos que eran pagaderos en los meses de mayo, junio y julio. En el caso de las compañías afecta a sus aportaciones empresariales y por conceptos de recaudación conjunta mientras que para los autónomos corresponderá a sus cuotas.

En el caso de los autónomos estas mensualidades son las correspondientes a dichos meses, mientras que en el caso de las empresas son las devengadas en el mes inmediatamente anterior, según detalló este martes el Ministerio.

Los sectores que podrán beneficiarse de la moratoria sin intereses son, en concreto, los del comercio al por menor y de manera específica aquellos establecimientos no especializados, pero con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco; junto a aquellos otros especializados en la comercialización de pan y productos de panadería, confitería y pastelería.

También podrán acceder a la medida y retrasar sus pagos a la Seguridad Social las agencias de publicidad, los establecimientos dedicados a actividades odontológicas, los centros de peluquería y otros tratamientos de belleza, aquellos otros dedicados a actividades de impresión y artes gráficas; y las empresas o autónomos dedicados a la fabricación o instalación de carpintería metálica y a la fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado. Asimismo, podrán solicitar la moratoria los sectores de cultivos perennes y otros cultivos no perennes.

Los que se acojan a la medida suspenderán el abono de las cuotas empresariales de sus trabajadores durante un plazo de seis meses sin ningún tipo de interés de forma que aquellos pagos que correspondía hacer en mayo se ingresarán en noviembre y así sucesivamente con el resto de mensualidades.

Para acogerse a ella, las empresas y autónomos deberán solicitarla entre los días 1 y 10 del mes en el que tendrían que afrontar el pago a la Tesorería General de la Seguridad Social a través del sistema RED o, si carecen de autorización para operar en RED, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.

Los autónomos y empresas cuya actividad no se encuentre entre las indicadas, tienen también la posibilidad de solicitar un aplazamiento de las cotizaciones sociales pero abonando un tipo de interés del 0,5%, que en cualquier caso resultará siete veces inferior al habitual para los pagos que debían realizar en los meses de abril, mayo y junio.

La iniciativa es novedosa en cuanto a su extensión, ya que hasta ahora las moratorias autorizadas se habían ceñido a criterios geográficos, como consecuencia de catástrofes naturales, como fue el caso del terremoto de Lorca en 2011, pero nunca se había realizado a nivel sectorial.

El Ministerio enmarcó la iniciativa dentro del paquete de medidas que ha puesto en marcha el Gobierno con el objeto de mitigar los efectos de la pandemia del Covid-19 para empresas, autónomos y trabajadores.

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