El BOE publica el decreto con las nuevas normas del uso de mascarilla en la calle

Un policía Nacional ofreciendo mascarillas al final de la primera ola del coronavirus. // Campillo / ICAL

Sofía Pérez Mendoza / Irene Castro / elDiario.es

El real decreto, que se ha publicado ya en el Boletín Oficial del Estado, modifica el artículo 6 de la conocida ley de nueva normalidad, aprobada a finales de marzo de 2020, y que ya había sido retocada en junio de este año para relajar la mascarilla en exteriores.

En una rueda de prensa esta mañana, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, salía al paso de las críticas por la medida anunciada por sorpresa por Pedro Sánchez de que sea de nuevo obligatoria en la calle justificando que se toma porque se ha constatado una “menor utilización” en determinadas circunstancias, como al estar “con amigos”, en la última encuesta de CosmoSpain. También por las “aglomeraciones” que se dan con más frecuencia en esta época navideña y en las que el “uso de la mascarilla no estaba siendo el adecuado”.

La nueva redacción, además de dar marcha atrás para volver a imponerla, recoge las salvedades que ya avanzó el presidente del Gobierno. No tendrá que utilizarse mientras se practique deporte individual y en espacios naturales, como el campo o la playa “siempre que se pueda mantener una distancia de 1,5 metros”. A menos que las personas reunidas sean convivientes. En los núcleos de los pueblos también es obligatoria, ha respondido Darias, que recuerda que el uso en interiores sigue vigente, como hasta ahora. Las personas que no cumplan con la norma serán sancionadas con una multa de 100 euros. Eso tampoco cambia.

Otras de las novedades es que el Gobierno podrá tomar medidas respecto a la relación o endurecimiento del uso de las mascarillas sin necesidad de pasar posteriormente por el Congreso, como sucede hasta ahora. El decreto ley que ha aprobado el Consejo de Ministros incluye una modificación que habilita al Gobierno a que pueda tomar esas decisiones a través de un real decreto y no de un decreto ley. La diferencia es que el segundo también entra en vigor según se publica –en este caso en el BOE–, pero requiere la convalidación posterior en el Parlamento y el primero es solo una resolución del Consejo de Ministros.

El decreto apunta ade,ças que las mascarillas no serán obligatorias para pasajeros de buques en su camarote y espacios cerrados de uso público que sean lugar de residencia de algún colectivo, como centros de mayores, si tienen un porcentaje de personas con pauta completa de más del 80% y dosis de refuerzo.

Otras medidas accesorias

Además se permite a los centros sanitarios contratar profesionales de medicina y enfermería ya jubilados para reforzar las actividades relacionadas con los enfermos de coronavirosis, manteniendo las prestaciones de jubilación. Y la contratación de profesionales sanitarios con título de especialista obtenido en Estados no miembros de la UE.

Los refuerzos de los recursos humanos para hacer frente a la sexta ola, ya avanzados por el jefe del Ejecutivo en Conferencia de Presidentes, se han aprobado como “medidas extraordinarias y transitorias durante 12 meses”. En este tiempo, según Darias, las comunidades autónomas podrán contratar a profesionales jubilados y a personas con título obtenido fuera de la Unión Europea para aplacar la saturación de la Atención Primaria, que el Gobierno admite como un problema. “La variante ómicron es más transmisible pero presenta síntomas, por eso los esfuerzos están centrados en contribuir a seguir reforzando el eje vertebrador del sistema, la Atención Primaria”, ha apuntado.

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