La Audiencia Nacional declara nulo el despido de 61 trabajadores del grupo Alonso

V. Silván/Ical

a Sala de lo Social de la Audiencia Nacional declaró nulo el despido colectivo de 61 trabajadores de Enermisa, empresa auxiliar del grupo Alonso que realizaba labores de interior en los pozos de Santa Cruz (Santa Cruz del Sil, León), Pilotuerto y Cerredo, ambos en Asturias. La sentencia estima la demanda formulada por FITAG-UGT y la Federación de Industria de CCOO y obliga a Enermisa a la readmisión de los trabajadores despedidos así como al abono de los salarios de tramitación.

Se trata de una nueva sentencia que da la razón a los trabajadores y que se suma a la que resolvió los despidos de los trabajadores de los cielos abiertos y también a la que obligó a la readmisión de 29 mineros del pozo Salgueiro, en Santa Cruz de Montes. A este respecto, el miembro del comité intercentros de Uminsa, Santiago Rodríguez, destacó que la sentencia favorable en el caso de los trabajadores de los cielos abierto creo un precedente y que posteriores demandas se ampararon en esa misma resolución.

Así, Enermisa tendrá que readmitir a 30 trabajadores del pozo de Santa Cruz del Sil, ahora cerrado, por lo que serán recolocados en Cerredo, nueve en Pilotuerto y 22 en Cerredo, con las mismas condiciones anteriores al despido. En su exposición de motivos, la sentencia señala que “tampoco en el caso de una suspensión colectiva de contratos de trabajo resulta ajustada al marco legal la negociación centro a centro”, es decir, que debería haber sido negociado por el comité intercentros y no en cada centro de trabajo.

El texto también se refiere en que según los hechos “se llega a la convicción de que existe un uso abusivo o ejercicio anormal del derecho, en beneficio del grupo y en detrimento de los derechos de los trabajadores; existiendo una única empresa real bajo la apariencia del grupo, lo que constituya un fraude de ley, que permite aplicar la doctrina de 'levantamiento del velo' y considerar al grupo como una única empresa”.

Asimismo, la Sala de lo Social apunta a que “en este caso se observa con especial claridad hasta que punto la tramitación de un despido colectivo por centros degrada las garantías para los trabajadores, puesto que convierte a los centros de trabajo en rivales entre sí, parcela y, consecuentemente, merma la fuerza negociadora de los representantes de los trabajadores y hace de mayor debilidad a algunos afectados frente a otros”.

Prácticas abusivas

La sentencia ha sido valorada por el secretario comarcal de CCOO en Laciana, Omar García, que considera que viene a demostrar una vez más “que era una sinrazón lo que estaba haciendo el grupo Alonso con sus trabajadores”.

En su opinión, viene a condenar las prácticas abusivas de este empresario en Uminsa y CMC, así como en las empresas auxiliares. “Demuestra que sólo hay chantaje y abusos”, afirmó el responsable sindical, que espera que los trabajadores puedan volver pronto al trabajo.

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