La Junta fija la expropiación de siete parcelas para una controvertida gravera de Sindo Castro en la Maragatería

Vecinos de la Maragatería, contra la gravera de Sindo Castro, en una movilización en septiembre de 2021.

Redacción ILEÓN / Agencia EFE

La Junta de Castilla y León ha publicado este miércoles la resolución que declara la utilidad pública y la necesidad de ocupación para proceder a la expropiación de siete parcelas situadas en el término municipal de Santa Colomba de Somoza, afectadas por la concesión minera Pedredo, número 15.161, explotada por la empresa Construcciones Sindo Castro S.A.. Se trata de la ampliación de una controvertida gravera contra la que se formó en la Maragatería un frente de oposición vecinal, que apelaba al impacto de esta iniciativa en el río Turienzo con vertido de lodos y contaminación de acuíferos. La instalación está ubicada entre las localidades de San Martín del Agostedo y Murias de Pedredo.

La resolución, firmada el 9 de octubre de 2025 por el Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía, y ahora publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), afecta a siete fincas repartidas entre los polígonos 126 y 127 de Santa Colomba de Somoza, con una superficie total superior a 79.000 metros cuadrados, pertenecientes a distintos propietarios, herederos, una titularidad desconocida y una parcela adscrita a la categoría de masa común.

El expediente fue iniciado en mayo de 2022, cuando la empresa promotora solicitó la expropiación forzosa de 12 parcelas necesarias para el desarrollo del proyecto minero. Tras requerimientos administrativos, documentación adicional y la publicación del listado de bienes afectados, varios particulares y juntas vecinales presentaron alegaciones.

Entre ellas, vecinos y entidades locales adujeron principalmente tres argumentos: que las parcelas proceden de un proceso de concentración parcelaria en el que se invirtieron recursos públicos; que no estaba acreditada la urgencia ni la utilidad pública, al no considerarse el material a explotar un recurso escaso; y que no estaban conformes con la notificación ni la oferta económica de la empresa.

Sin embargo, la Junta desestimó todas las alegaciones, al considerar que la utilidad pública viene determinada por la Ley de Minas y por el Reglamento de Expropiación Forzosa, y que la tramitación del expediente no exigía, en esta fase, la valoración económica previa.

Nulidad previa y depuración de titulares

El proceso ha estado marcado además por la declaración de nulidad de pleno derecho de una resolución anterior, dictada en diciembre de 2022, lo que obligó a retrotraer el expediente a la fase de informe jurídico.

Durante esa revisión se detectaron dos parcelas sin titular registral conocido, lo que llevó a solicitar informes al Ayuntamiento, al Servicio Territorial de Agricultura y al Ministerio Fiscal, cumpliendo lo previsto para bienes de titularidad desconocida.

Una de estas fincas figura como “masa común” vinculada a la concentración parcelaria, y otra tiene la categoría de “desconocidos” y pasará a Patrimonio del Estado en 2026 si nadie acredita su propiedad.

En 2024 y 2025 la empresa comunicó acuerdos alcanzados con algunos propietarios, por lo que la relación de fincas a expropiar se redujo a las siete definitivas ahora aprobadas.

La concesión de explotación Pedredo fue otorgada en junio de 2020, previa Declaración de Impacto Ambiental favorable publicada en 2019, y comprende 30 cuadrículas mineras situadas en el entorno del valle del río Turienzo.

Según los informes técnicos, las parcelas son necesarias tanto para la explotación directa como para la habilitación de accesos, y en algunos casos los restos de fincas que quedarían tras la apertura de pistas resultarían inservibles para los propietarios, motivo por el cual se justifica la expropiación total de las superficies afectadas.

La resolución no agota la vía administrativa, por lo que los interesados podrán presentar recurso de alzada ante la Dirección General de Energía y Minas en el plazo de un mes desde su notificación.

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