Unanimidad en el jurado popular para declarar culpable de asesinato al hombre que mató a su expareja en Mansilla

Juicio contra un joven por el asesinato de su pareja en Mansilla de las Mulas en abril de 2021.

Redacción ILEÓN / Miriam Badiola / Agencia ICAL

Culpable por unanimidad. El jurado popular del juicio contra el joven de ahora 30 años, JC.G.D., que en el mes de abril de 2021 mató a la que era su pareja, Paula M., de tres puñaladas en su domicilio situado en la localidad leonesa de Mansilla de las Mulas, emitió un veredicto de culpabilidad y consideró probado que “al asestar varias puñaladas, el acusado tenía intención directa de causarle la muerte y a pesar de ella continuó apuñalándola sin importante el resultado letal que se produjese”.

A pesar de que él negó en la Audiencia Provincial de León que hubiera tenido en algún momento una relación sentimental con la víctima, el jurado consideró probado por unanimidad que ambos iniciaron “una relación sentimental, afectiva o de pareja en el verano de 2020”, llegando incluso a convivir juntos durante al menos un mes, así como episodios previos de violencia de JC.G.D. contra Paula, lo que supone un “delito continuado de maltrato” tanto física como psíquicamente por parte de este exfutbolista que ya tenía antecedentes por violencia de género.

De acuerdo con el relato que consideró probado por unanimidad el jurado popular, la pareja pasaron juntos la tarde del 18 de abril de 2021, tras lo que ella le dejó a él en su domicilio y volvió a León, pero él “se escribió y llamó constantemente para saber dónde y con quién estaba”. Así, “con la creencia de que ella podía estar con otro y movido por sentimiento de posesión sobre ella, se dirigió en su vehículo al domicilio de la joven”.

Una vez allí, “rompió el cristal de la puerta del portal de una patada y accediendo inmueble para subir al piso de Paula, para fracturar la puerta y acceder al interior, a pesar de que ella no le permitiera entrar”. Una vez en el interior, “discutió con ella, le pidió que le enseñara el móvil y como ella se negó lo rompió”, tras lo que le golpeó la cabeza“.

El joven “salió de la vivienda y bajó al vehículo para volver a subir y entrar en la vivienda, donde entró con un cuchillo y se rigió a la habitación”, donde, “de forma súbita”, le asestó “tres puñaladas en la espalda fracturando el arma y quedando en el cuerpo de la joven”. Según estos hechos probados, JC.G.D. “al asestar varias puñaladas, tenía intención directa de causarle la muerte y a pesar de ella continuó apuñalándola sin importante el resultado letal que se produjese”.

Por el contrario, el jurado popular consideró no probado por unanimidad que el acusado, JC.G.D., presentara “previamente o en el momento de los hechos un trastorno límite de personalidad o alteración psicológica derivada de la adicción sustancias como alcohol o drogas”, así como que “no había consumido previamente grandes cantidades de alcohol o cocaína”.

Por todo ello, el jurado popular consideró a JC.G.D “culpable por unanimidad” del delito de asesinato por “haber causado intencionalmente la muerte de Paula, actuando de forma alevosa, con el agravante de discriminación género y parentesco por su situación pareja”. También le calificaron como culpable de los delitos leve de daños, daños continuados, maltrato por violencia sobre la mujer, violencia habitual sobre la mujer física o psíquicamente, allanamiento de morada. Finalmente, el jurado se mostró desfavorable al posible indulto de JC.G.D.“.

Petición de penas

Por todos los hechos anteriormente relatados, la Fiscalía considera que JC.G.D. es el autor de seis delitos. El primero de ellos es un delito leve de daños, por el que solicita una multa de 180 euros, dividida en seis euros diarios durante un mes.

También se le acusa de un delito de maltrato en el ámbito familiar (violencia de género), por el que se le pide una pena de prisión de nueve meses. Por otro delito de daños, este continuado, se solicita una multa de 20 meses con una cuota diaria de seis euros, es decir, 3.600 euros. A esto se sumaría un cuatro delito por allanamiento de morada, por el que pide una pena de prisión de tres años, y otros tres por el delito de maltrato habitual“.

Por el delito de asesinato, “con las circunstancias agravantes de discriminación por razón de género y de parentesco”, el Ministerio Fiscal solicita una pena de 25 años de prisión, así como la prohibición de aproximación y comunicación con los padres y el hermano de la víctima por un tiempo de 35 años.

Respecto a la responsabilidad civil, la Fiscalía solicita una indemnización de 50.000 euros para cada uno de los padres de la víctima y de 25.000 euros para su hermano. Igualmente, pide que indemnice a la Comunidad de Propietarios del edificio de Paula con 675,10 euros por los daños causados, así como a los padres con 576 euros por los daños causados en el móvil de la víctima y a su padre con 1.887,60 euros por los daños en la vivienda.

En definitiva, el Ministerio Fiscal solicita para JC.G.D. una pena total de 28 años y nueve meses de prisión, “con abono del tiempo de prisión preventiva”, además de 3.600 euros en multas e indemnizaciones por valor de 128.138 euros, al considerarle autor de los delitos de “leve daño, maltrato en el ámbito familiar, maltrato habitual, daños continuados, allanamiento de morada y asesinato”.

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