Siete de las 18 revisiones por la ley del 'sólo sí es sí' en León han reducido la pena pero nadie salió de la cárcel

Un detenido por un delito de agresión sexual, imagen de archivo.

Menos de un 40% de las revisiones de condena que se han producido en juzgados de la provincia de León en aplicación de la Ley 10/22 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del 'solo sí es sí', ha conllevado una reducción de la penas impuesta por el abuso sexual cometido, según datos oficiales y actualizados facilitados hoy por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León.

Se trata en concreto de siete expedientes favorables al condenado del total de 18 que hasta ahora han sido objeto de revisión por la aplicación de la nueva legislación en esta materia, lo que arroja en concreto un 39% de ellos estimados y un 61% desestimados.

Estas cifran son porcentajes algo superiores a los registrados en el conjunto de Castilla y León, donde el porcentaje de condenados que se han beneficiado por decantarse los tribunales a su favor ha sido de un tercio, en concreto 40 estimaciones y 67 denegaciones, quedando aún siete pendientes de resolución judicial. En total, 119 expedientes que han tenido que ser revisados.

El TSJ ha actualizado a esta fecha el impacto en las revisiones de sentencias de la Ley impulsada por el Ministerio de Igualdad del Gobierno de España, resaltando que en el caso de la provincia de León ninguna de las siete revisiones de condena en delitos contra la libertad sexual ha conllevado la excarcelación del mismo. Algo que no ha ocurrido igual en todas las provincias de Castilla y León.

Valladolid es la que más número de casos han sido objeto de revisión judicial y también de las que menos condenas se han visto modificadas, ya que 25 no se han tocado finalmente por los tribunales de justicia implicados frente a sólo cuatro que sí.

Zamora, en la provincia que más

En el caso contrario está Zamora, donde del total de diez expedientes revisados tan sólo una resolución dictada acuerda que no procede revisar la pena mientras que otras nueve sí la rebajan, una de ellas con excarcelación.

Así, en Palencia solo se inició el trámite de revisión en aquellas sentencias dictadas por la Audiencia en delitos contra la libertad sexual en las que el penado se encuentra cumpliendo condena. De las ocho sentencias revisadas, en dos se ha procedido a la rebaja efectiva de la pena inicialmente impuesta.

En el resto, no se ha modificado la pena al ser la nueva regulación igual o más desfavorable que la anterior. Uno de los casos fue un abuso sexual a menor de 16 años, en la que se ha rebajado la pena de ocho años de prisión a seis. El penado continúa el cumplimiento en el centro penitenciario correspondiente. En otro caso, se rebajó la pena inicialmente impuesta de diez años y seis meses de prisión a diez años. En este caso, dado lo avanzado del cumplimiento, la rebaja de pena ha determinado la excarcelación por cumplimiento del penado.

En Burgos fueron 21 los expedientes analizados y en siete se rebajó la pena. En cinco de ellos se produjo la excarcelación del reo por este motivo, si bien uno de ellos continúa en prisión por otra causa.

En Soria se analizaron tres expedientes en los que no se acordó revisar la pena, mientras que en Segovia se revisaron seis, cuatro de oficio y dos a petición de parte (una de ellas está pendiente resolver). En cuatro resoluciones dictadas acuerdan que no procede revisar la pena y la última se rebaja de 12 a nueve años de prisión. Actualmente, el penado cumple condena en Rumanía, donde consta que está en prisión por otras causas.

Igualmente, en Ávila se han revisado dos expedientes, uno pendiente de resolver, mientras en el otro no procede rebajar la condena. Por último, en Salamanca, se han deliberado 12 ejecutorias: en siete no procede rebajar la pena y en cinco, sí. De estas últimas ya se ha dictado y notificado una resolución, notificada esta misma mañana, que no conlleva excarcelación, mientras que se está a la espera de las otras cinco.

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