La petición de segunda oportunidad cuando te ahogan las deudas se multiplica en León

Juzgados de León.

Antonio Vega

La Ley de Segunda Oportunidad nació en 2015, pensada como salida legal para muchas personas afectadas por la grave crisis financiera que afectó al mundo y en especial a España desde el 2008. Una ley que permitía quebrar por primera vez a las personas individuales, más allá de las empresas que ya lo podían hacer desde mucho antes. Los requisitos de la ley provocaron que su uso fuera muy limitado pero una reforma del año 2022 ha impulsado su actividad para que quienes se vean ahogados en deudas puedan volver a renacer económicamente.

Aunque la ley contiene sus límite, estrictos, para evitar posibles fraudes y hay algunos tipos de deudas que nunca se condonarán, como las de las pensiones alimenticias. Según el INE en la provincia de León pidieron el concurso personal 19 personas en el año 2019, que subieron a 33 en 2020, de las cuáles 25 no tenían ninguna actividad empresarial. Desde el cambio legal no hay datos porque ahora los elabora el Colegio de Registradores y no ofrece datos provincializados, pero en el tercer trimestre de 2024 en todo Castilla y León hubo 274 concursos de personas frente a los 44 del mismo trimestre del 2021, antes de reformar la ley. Los abogados leoneses ratifican el notable incremento de concursos personales a la interpretación de la nueva ley.

¿Cuál es la situación para pedir una Segunda Oportunidad? Laura Burgos, abogada leonesa especializada en estos asuntos, señala el perfil más habitual actual como una persona que acumula mucha deuda bancaria, deuda privada, muchos de ellos a causa de la pandemia y negocios fallidos. “Hay que pedirlo cuando se tiene una insolvencia inminente o la vas a tener porque pese a seguir trabajando no logras bajar la deuda”, explica Burgos. “Es una opción para volver al mercado laboral y evitar pagar intereses muy elevados”, señala.

“Un beneficio al que puede optar cualquier persona”

“Antes esta ley requería de muchos requisitos para optar pero ahora es un beneficio al que puede optar cualquier persona”, explica Burgos que no obstante advierte de importantes matices. El final es el perdón de la deuda, al menos parcialmente, pero para llegar ahí hay que pasar por unos pasos, que también dependen de la situación personal de cada persona.

Hay varios tipos de concurso. El concurso que no tiene 'masa', es decir, que no existen bienes susceptibles de venta para pagar las deudas, se llegan a resolver en solo tres meses en el Juzgado de lo Mercantil de León. Se hace sin administrador concursal y los requisitos básicos son no tener antecedentes penales de materia económica, tener más de dos acreedores que incluso alguno puedes ser una entidad pública. En la deuda pública se pueden condonar hasta 10.000 euros por acreedor, los primeros 5.000 íntegros y el resto un porcentaje.

En España se vivía con la aplicación de esta ley una situación anómala. Mientras que los juzgados de Barcelona dictaban sentencias favorables al solicitante en el resto de España había reticencias a que fuera una segunda oportunidad real, una situación que se ha corregido en los últimos años tras el cambio normativo.

“Esto es un derecho que tienen las personas pero hay que tener buena fe”, señala la abogada, que explica que además no se pueden tener deudas tributarias para acceder al beneficio. Las sanciones de Hacienda o la Seguridad Social, no una multa de tráfico por ejemplo, deben liquidarse antes porque en caso contrario no se concede la condonación del resto de la deuda. Por eso es importante consultar antes si existen, ya que muchas se publican en boletines y no se han notificado.

La abogada apunta a que hay que ser conscientes del momento en que solicitar el concurso ya que si esperas demasiado sin pagar se podría llegar a considerar mala fe, que invalidaría el proceso.

El otro concurso más complejo es el que tiene propiedades, donde probablemente conlleve un administrador concursal si se supera cierto valor, es decir indica qué se puede hacer con los bienes para pagar las deudas, un trabajo por lo que cobra algo estipulado por la propia ley. En este proceso puede haber venta de propiedades para pagar, pero los afectados siguen disfrutando y disponiendo de las mismas.

“Se puede perder la propiedad aunque será necesario negociar para ver la viabilidad de que se mantenga”, señala Burgos que indica que la exoneración de la deuda privada puede llegar a ser “total”. En sentencias a las que ha accedido este periódico se han concedido exoneración de deudas de hasta 200.000 euros en ciertas circunstancias en que se veía imposible el pago de la misma y en otras circunstancias se han negociado daciones en pago de pisos por el importe restante de la hipoteca. Y se han exonerado deudas salvando la vivienda habitual.

Para las personas cuya situación no les permite contratar un abogado hay también un turno de oficio para la ley de segunda oportunidad, aunque se excluye el pago a un posible administrador concursal, que cobrará sí o sí. “Ahora es un derecho para la gente, que si te va mal en la vida te puedas volver a levantar”, concluye Burgos que considera que no obstante se debería analizar más la situación de la deuda pública para que sea una segunda oportunidad más real que nunca.

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