El Gobierno aprueba el decreto que regula cómo convivir con la pandemia en la 'nueva normalidad'

El ministro de Sanidad, Salvador Illa. Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa

ILEÓN/ELDIARIO.ES

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el decreto de medidas que regirán en la llamanada 'nueva normalidad', es decir, las normas relativas a la pandemia que regirán mientras España convive con la Covid-19. En principio, ese periodo durará hasta que exista una vacuna o un tratamiento efectivo contra el coronarvius SARSCov-2.

Entre las medidas que recoge están la obligatoriedad de las mascarillas en espacios públicos y privados siempre y cuando no se puedan guardar las distancias de seguridad sanitaria, contemplando multas de hasta 100 euros si se incumple. Además recoge las medidas que deben tener las Comunidades Autónomas por si surge un rebrote. Sin embargo, no habrá restricción de movimientos ni límite de personas para reunirse.

Esta nueva etapa se inaugurará cuando termine el estado de alarma el próximo 21 de junio. La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero ha insistido en “un mensaje de prudencia y cautela. Sin vacuna o tratamiento, el virus sigue siendo una amenaza. No podemos pensar que el peligro ha pasado”.

La ciudadanía deberá “aprender a convivir con el virus”, ha asegurado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, que reitera que la distancia social y una estricta higiene de manos son las mejores armas para luchar contra el coronavirus, aludiendo a la responsabilidad indiviual para vencer a la pandemia.

Medidas

El real decreto recoge la declaración expresa de la COVID como enfermedad de declaración obligatoria urgente. Se introduce, además, el deber de las Comunidades de suministrar información cuando se produzcan situaciones de emergencia para la salud pública, para garantizar la adecuada coordinación entre las autoridades sanitarias y reforzar el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. Además, deberán continuar facilitando los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica del Covid-19, así como la situación de la capacidad asistencial y necesidades de recursos humanos y material.

Algunas de las medidas aprobadas contemplan que las empresas de transporte de viajeros deberán mantener un mínimo de 4 semanas la información personal de las personas que viajen, para poder realizar rastreos en caso de alerta sanitaria.

De la misma manera, “se contempla todas las medidas que ya estaban vigentes en centros de trabajo, centros sanitarios, centros comerciales...”, ha subrayado el ministro de Sanidad. Así, en las empresas, tendrá que garantizarse que se puede guardar la distancia entre trabajadores y organizar los accesos de manera que tampoco se produzcan concentraciones al entrar o salir.

En materia de medicamentos se faculta a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios recabar información sobre la fabricación y, eventualmente, organizar la fabricación de este tipo de productos para garantizar existencias suficiente. También podrán otorgar licencias excepcionales para autorizar esas fabricaciones necesarias.

Serán Comunidades, con arreglo al decreto, las que puedan decidir, en función de criterios sanitarios y epidemiológicos, la superación de la fase 3 en las diferentes provincias, islas o unidades territoriales de su comunidad.

El Gobierno cuenta de momento con el apoyo de Ciudadanos y el PNV para la convalidación del texto en el Congreso de los Diputados. El estado de alarma caduda el próximo 21 de junio.

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