En defensa de la Fundación del Hospital Veterinario

Calle Hospital Veterinario Castilla y León

Prensa CC.OO Universidad

Ante la disolución de la Fundación Hospital Clínico Veterinario de Castilla y León, la Sección Sindical de CCOO de la Universidad de León, se pronuncia en defensa del mantenimiento de la actividad clínica, asistencial y hospitalaria veterinaria, que se viene desarrollando desde la creación de la Facultad de Veterinaria, hasta la de la citada Fundación de forma interrumpida.

Según este sindicato, este mantenimiento ha de hacerse con el máximo respeto tanto a los objetivos de dicha actividad en el marco de la imprescindible docencia veterinaria, como a la condición de Universidad Pública en la que ha de desarrollarse.

En este sentido, la desaparición de la Fundación que en los últimos 4 años se ocupó de su gestión obliga a la toma de decisiones en cuanto a, por una parte, la gestión económica y laboral de la citada actividad clínica, asistencial y hospitalaria, y por otra, la organización y gestión de la docencia y la actividad clínica propiamente dicha.

Para ello, creemos que la gestión de esta actividad inexcusablemente debe ser llevada a cabo directamente por la Universidad de León, a través de sus órganos. Ahora bien, parece más oportuno que sea directamente la gerencia de la Universidad quien lo haga, facilitando así la participación de todo el personal de la Universidad que tuviera algo que aportar a la actividad clínica asistencial y hospitalaria veterinaria, y evitando gran cantidad de problemas administrativos, laborales e incluso fiscales que se presentan cuando se intenta la vinculación de trabajadores de la administración pública en actividades laborales no directamente pertenecientes a la misma, pero, fundamentalmente, cortando de raíz el despilfarro de fondos públicos que, como se ha demostrado, supone la contratación de una gestión externa.

En todo caso, no ha lugar a la creación de una fundación específica para la administración de la actividad clínica asistencial y hospitalaria veterinaria, ni a una gestión de la misma externa a la universidad, que sin lugar a dudas generarían, como ha sucedido, un injustificado dispendio de fondos públicos sin aportar ningún beneficio docente ni investigador, máxime en las precarias condiciones económicas actuales, al tiempo que dificultaría la integración del personal docente y del de administración y servicios en la actividad clínica y hospitalaria veterinaria, tanto con fines docentes como asistenciales y de investigación.

En cuanto al desarrollo de la propia actividad clínica y su dirección, por la propia naturaleza de aquélla, parece obvio que debe existir una vinculación, o mejor imbricación íntima, entre la actividad clínica asistencial y hospitalaria y el Área de Conocimiento de Medicina y Cirugía Animal, dado que la actividad a desarrollar gira fundamentalmente en todos los Hospitales (de medicina humana o Veterinaria) en torno, precisamente, a la Medicina y la Cirugía; de tal modo que entendemos que la dirección clínica y académica debe corresponder al Departamento de Medicina, Cirugía y Anatomía Veterinaria, en concreto al Área de Conocimiento de Medicina y Cirugía animal, de la Universidad de León. Dirección que habrá de tener en cuenta, cuando corresponda, las decisiones de la Comisión de Clínicas de la Facultad de Veterinaria de León, entendiendo siempre que resulta necesaria también la existencia de otros servicios de apoyo a la actividad clínica, procedentes de otros Departamentos y Áreas de Conocimiento de la Universidad de León (Microbiología, Parasitología, Enfermedades infecciosas, Enfermedades parasitarias, Toxicología, Farmacología, Etología, Nutrición, Anatomía patológica, Histopatología, Citología, Genética, Producción animal, Agronomía, Zoología, Botánica, etc), para cuyo funcionamiento se requeriría algún modelo de vinculación de éstos a la actividad.

Es obvio que el personal, tanto Docente como de Administración y Servicios, del Departamento de Medicina, Cirugía y anatomía Veterinaria, Área de conocimiento de Medicina y Cirugía Animal, y de los servicios de apoyo a la clínica, habrá de disponer de las instalaciones, equipos y medios del Hospital para el desarrollo de la docencia reglada (Licenciatura, Grado, Máster, Doctorado,...) y de la investigación ¡EN LOS HORARIOS LABORALES QUE LES CORRESPONDA!. Fuera de estos horarios de docencia, tanto para el personal docente como para el personal laboral de la Universidad de León, , todo trabajo llevado a cabo en relación con la actividad clínica asistencial y hospitalaria debe ser previamente acordado con cada uno de los trabajadores, recibir la compensación económica correspondiente y disponer de su pertinente adecuación profesional, fiscal y laboral, para evitar los graves problemas que incompatibilidades de estas índoles pudieran acarrear al personal afectado.

Dado que es necesario, para cumplir con los objetivos exigidos en Europa en relación con la formación Veterinaria y con las normativas profesionales relacionadas con la actividad hospitalaria Veterinaria, que se asegure una atención clínica continuada a lo largo de todo el día, todos los días del año, una vez integrado todo el personal de la Universidad que le corresponda o que así lo desee, y valoradas las necesidades de personal adicional, habrán de dotarse las plazas que fueran necesarias para completar los servicios, con las figuras que correspondan, dependientes de la universidad de León y por supuesto cumpliendo con los requisitos exigidos en contratación pública (el Procurador del Común de C y L ya dictaminó que no se cumplieron en la contratación del personal de la Fundación cuyo proceso de disolución se ha iniciado) , con un perfil eminentemente docente, dados los objetivos de las actividades clínicas, de cara a la formación superior: Profesor asociado doctor, Profesor contratado doctor, Veterinario doctor contratado, como personal de administración y servicios, etc...

Por último, el hospital, puesto que su vocación, inevitablemente, ha de ser eminentemente docente, también debe disponer de unos programas de formación post grado para Veterinarios Internos Residentes que quieran especializarse en cualquiera de las áreas clínicas y hospitalarias que puedan desarrollarse en el mismo, cuya presencia, por otra parte, redundaría en unas mayores eficacia, eficiencia, versatilidad y enriquecimiento de la actividad clínica asistencial y hospitalaria.

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