El Tribunal Superior ratifica la condena al exalcalde del PP en Sena de Luna por amañar un coto de caza a su favor

José Celestino García, histórico alcalde del PP en el Ayuntamiento de Sena de Luna, dimitido tras la condena.

Redacción ILEÓN

22 de mayo de 2024 11:28 h

El exalcalde del Partido Popular en el Ayuntamiento de Sena de Luna, José Celestino García, cometió un delito de prevaricación cuando en el año 2019 se autoconcedió derechos de caza del pueblo de Robledo de Caldas en el que era presidente de la Junta Vecinal, formando parte importante además del Club Deportivo de Caza El Negrón al que benefició con su decisión.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha ratificado sin lugar a dudas la condena en octubre del año pasado al político leonés emitida por la Audiencia Provincial de León a nueve años de inhabilitación, una condena por la que el histórico regidor tuvo que abandonar su cargo a las pocas semanas, a pesar de haber presentado el recurso que ahora se ha dirimido por parte de la sala de lo Civil y Penal de Burgos. Esta última decisión ya sólo le deja ahora la vía de un posible recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que está por ver si ejercerá.

El Partido Popular de León había dejado volver a encabezar las listas de Sena de Luna a José Celestino García hace un año a pesar de conocer que ya estaba imputado por unos hechos que habían ocurrido en el año 2019. Y como era previsible, la Audiencia dictó condena de inhabilitación especial para ocupar cualquier cargos públicos por nueve años contra él y contra quien entonces era vocal suyo de la Junta Vecinal de Robledo, Jesús González Suárez. Un tercer imputado, con iniciales J.J., que era secretario de la pedanía, resultó absuelto por el mismo caso.

Los magistrados del TSJ no observan motivos para contravenir la sentencia de la Audiencia, ni en cuanto a la falta de pruebas en su contra ni por un error en la calificación penal, y tampoco en el argumento de los acusados de que no se causó quebrando económico alguno al pueblo por sus actos a la hora de decidir la gestión de los derechos cinegéticos, nada menos que por espacio de 40 años, lo cual además fue posteriormente anulado por la vía del contencioso.

De este modo, el alto tribunal autonómico considera como antes la Audiencia Provincial que en 2019, en una sesión extraordinaria de la Junta Vecinal de Robledo presidida por José Celestino García, éste y su vocal vulneraron “consciente y gravemente la legalidad y en perjuicio de los vecinos del pueblo” al decidir aprobar una renuncia a la titularidad hasta entonces pública del Coto LE-10715, que pertenecía al pueblo y que se situaba en el monte de titularidad pública nº 155 y en fincas particulares.

Esa renuncia incluía la cesión a favor del Club Deportivo de Caza El Negrón, club en el que los tres acusados eran secretario, tesorero y presidente también. Una maniobra que el fiscal del caso había resumido de manera muy gráfica como un “yo me lo guiso, yo me lo como”.  Cabe ecordar que ese coto era muy goloso, puesto que en él está autorizada la caza de rebecos, una especie por cuyos ejemplares “los cazadores pagan importantes sumas para poder cazarlo”, remarcaba inicialmente el magistrado.

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