Los tres bercianos de la Gürtel Boadilla suman una condena de 6 años y tres meses de cárcel

Martínez Parra, Blanco Balín y Ulibarri, los tres leoneses imputados en la trama Gürtel de Boadilla del Monte.

ILEÓN / elDiario.es

La Audiencia Nacional ha condenado al Partido Popular como partícipe a título lucrativo de los delitos cometidos por la trama de corrupción Gürtel en el municipio de Boadilla, bastión de la formación política en la Comunidad de Madrid. En este caso, el PP deberá devolver 204.198,64 euros de los que se habría beneficiado por la actuación de la red de corrupción que dirigía Francisco Correa.

Se trata de la tercera condena que recibe el Partido Popular por su relación con la trama corrupta que encabezaba este empresario y que durante años se aprovechó de su relación con altos cargos de la formación conservadora. La primera fue ratificada por el Tribunal Supremo en 2020 como partícipe a título lucrativo por beneficiarse de la actividad corrupta de la trama en Pozuelo de Alarcón y Majadahonda. La segunda, todavía pendiente de ratificación, fue impuesta por la reforma de la sede central del partido en la calle Génova de Madrid con dinero de la caja B que manejaba Luis Bárcenas, donde fue condenado como responsable civil subsidiario.

El PP se enfrentó en la vista al reconocimiento de los hechos por parte de un total de 16 acusados, que han sido condenados a las penas solicitadas por la Fiscalía con la atenuante correspondiente. Entre ellos no se encuentra el que fuera alcalde de Boadilla, Arturo González Panero, de quien la Fiscalía consideró que no estaba colaborando de forma creíble. González Panero ha sido condenado a 36 años de cárcel por 18 delitos de corrupción y asociación ilícita.

Por contra, el tribunal aprecia el cambio de actitud de otros acusados, entre ellos los principales responsables de la trama, Francisco Correa y Pablo Crespo, en el sentido de que además de reconocer los hechos han devuelto el dinero que escondían en Suiza.

Los leoneses de la Gürtel

Respecto a la implicación leonesa en esta trama, los empresarios de la construcción y la comunicación, José Luis Ulibarri y José Luis Martínez Parra, y el 'muñidor' y abogado José Blanco Balín, apenas suman 6 años y tres meses de cárcel entre los tres, que se reparte en año y medio para Ulibarri, dos años para Martínez Parra y dos años y 9 meses para Blanco Balín.

A José Luis Ulibarri se le considera autor responsable y colaborador necesario de la trama de corrupción por lo que se le condena a tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación, seis meses de cárcel por fraude a la administración pública, otros seis meses de cárcel por falsedad documental continuada, tres meses de cárcel más por un delito contra la Hacienda Pública y una multa de 40.000 euros y otros tres meses de cárcel por tráfico de influencias.

José Luis Martínez Parra, cooperador necesario de la trama corrupta, se le condena a dos años y medio de inhabilitación para empleo o cargo público, 6 meses de cárcel por fraude a las administraciones públicas, otros 6 meses de cárcel por falsedad documental continuada y un año de prisión por un delito continuado de cohecho activo y multa de 700.000 euros.

El tercer y último leonés de la trama, José Blanco Balín, se lleva la peor parte, se le considera autor responsable y, por ello, se le condena a tres años de inhabilitación para empleo o cargo público, a tres meses de cárcel por fraude a la administración pública, un año de cárcel por un delito continuado de cohecho activo y multa de 127.762 euros y un año y medio de cárcel más por blanqueo de capitales y multa de 34.371 euros.

Además, en cuanto a la responsabilidad civil de los delitos, se condena a José Luis Ulibarri, Jacobo Gordón, Francisco Correa, Pablo Crespo y Tomás Martín Morales de forma conjunta y solidaria, con UFC S.A. y CGI. S.A. de forma subsidiaria, a pagar 160.000 euros a la Hacienda Pública, cantidad que ya ha sido satisfecha por José Luis Ulibarri y UFC S.A. con la conformidad de la perjudicada.

Esta sentencia no es firme, se notificará a las partes y cabe recurso de casación en el plazo de cinco días.

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