El Estado Leonés en la primera república (I)

La Asamblea Nacional proclamó el 11 de febrero de 1873 la Primera República Española.

Miguel Ángel Diego Núñez

Son ya numerosas las investigaciones realizadas sobre la división territorial de la Primera República, aunque sólo algunas están dedicadas específicamente a la constitución del Estado Leonés en la República Federal, proclamada el 7 de junio de 1873. La tendencia historicista asume la propuesta de un Estado Leonés reducido a la provincia de León. Por ello es preciso poner de relieve la existencia de un planteamiento pluriprovincial para ese Estado Leonés, y más concretamente de un Estado Leonés triprovincial, de acuerdo con la división de los antiguos reinos en provincias realizada en 1833, que algunos olvidan.

Ya el 17 de junio de 1873 La Correspondencia de España destaca a José María García Álvarez, diputado leonés por el distrito de Valencia de Don Juan, manifestando respecto a la división territorial de la República las tendencias particularistas de las provincias del antiguo Reino de León:

“En la reunión celebrada ayer en la sección sesta por los diputados de las trece provincias designadas para formar el cantón de Castilla la Vieja, el señor García Álvarez, en nombre de los diputados republicanos de la provincia de León, dijo: que si votaban un representante castellano para la comisión que había de redactar la constitución federal, no delegaban en él otra representación que la relativa al derecho fundamental del Estado porque, en la división geodésica y territorial de los cantones, se hallarían en contradicción con el elegido, por no estimarla conveniente y mucho más no habiéndose tenido en cuenta la importancia y las relaciones naturales de las provincias del antiguo reino de León”.

Diez días más tarde, las páginas de El Imparcial se ocupan en 'La organización de la federal' de 'Los Grandes Estados', donde podemos encontrar reflexiones importantes:

¿Por qué han de ser quince los futuros Estados de la federal? Esta pregunta hacíamos ayer en nuestro artículo Las colas territoriales. Y la hacíamos porque según parece ese ha sido o es aún uno de los pensamientos de la comisión constitucional, por lo menos el de varios de sus individuos.

Obedecía u obedece sin duda alguna ese número a la idea de constituir grandes Estados, agrupando las provincias en la forma en que, tiempos atrás, constituían los antiguos reinos. Así se formarían con arreglo a ese pensamiento, el Estado catalán, el aragonés, el valenciano, el murciano, los dos Estados andaluces, el Estado extremeño, el de Castilla la Nueva, el de Castilla la Vieja, el Estado leonés, el vasco-navarro, el asturiano y el gallego. Esto para la Península, y agregando el Estado balear y el canario, tendríamos los quince Estados en que se dividirían la península e islas adyacentes, quedando además el estado filipino, el puerto-riqueño y el cubano.

La agrupación de las provincias andaluzas en dos Estados, en lugar de uno solo, reconocerá sin duda alguna por causa el haber considerado que un solo Estado andaluz reuniría demasiado territorio y mucha mayor población que el mayor de los demás Estados.

(...) Pero aun así, no se resolvían las dificultades.

Las primeras que se presentarían infaliblemente serían las rivalidades entre las actuales capitales de provincia

(...) En el Estado de Castilla la Vieja, que se compondría de nueve provincias, quedarían ocho de las actuales capitales de provincia que perderían los elementos de vida que les da su actual capitalidad; y la perderían completamente porque el gobernador y la Asamblea del Estado residirían en la capital de Estado. ¿Qué ciudad sería la privilegiada? ¿Valladolid? ¿Burgos? ¿Segovia?

(...) Otro tanto sucedería en el Estado leonés, donde Salamanca alegaría sus títulos a la capitalidad del Estado, sin consentir León en que fuesen los suyos desconocidos.

Poco tiempo después, el 3 de agosto, La Nación informa: “El señor García Álvarez ha presentado una enmienda al título 1.º del proyecto de Constitución», con el fin de que se incluya a León como uno de los Estados que componen la nación española”.

Las tres provincias del Reino de León

Podemos afirmar que durante la Primera República se planteó la necesidad de constituir un Estado Leonés agrupando las provincias del 'antiguo reino de León', las tres que lo componen de acuerdo con la división provincial de 1833, pues se prevé que Valladolid aspiraría a la capitalidad de Castilla la Vieja mientras Salamanca lo haría a la de León.

La experiencia republicana federal quedó truncada cinco meses más tarde, el 3 de enero de 1874, sin que se llegaran a constituir los quince Estados previstos. Lo que ya apunta la documentación histórica es la pretensión vallisoletana de erigirse en capitalidad de un Estado que los caciques del momento pretenden que abarque no sólo a Castilla la Vieja sino también al Reino de León, con sus tres provincias, en virtud de sus redes políticas y clientelares y su dominio económico del sector triguero e industrial. Una ambición política que pretenderá hacer realidad durante la transición del sistema provincial al autonómico cien años después, en los 70 y 80 del siglo XX, saltándose la Constitución y el Derecho Internacional.

La Región Leonesa todavía sigue reivindicando con fuerza su derecho a la existencia en igualdad con las demás Regiones y Pueblos de España, a la Autonomía de la Región Leonesa triprovincial desde la legalidad y con sólidos argumentos. Un objetivo que supone su desarrollo económico y su futuro como Pueblo Leonés.

👉 Lea la segunda parte

___Miguel Ángel Diego Núñez. Autor del libro. 'Regionalismo y regionalistas leoneses del siglo XX (una antología)'.

___Miguel Ángel Diego Núñez. Autor del libro. '

Regionalismo y regionalistas leoneses del siglo XX (una antología)

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