El Consejo de Ministros determina cinco municipios leoneses como zonas de ayudas por emergencias de protección

Cinco municipios leoneses entran dentro de los 176 territorios de 14 comunidades autónomas definidas hoy por el Gobierno como zonas gravemente afectadas por emergencias de protección civil, lo que permite a los damnificados por estos episodios solicitar las ayudas previstas en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. 

En concreto, son Astorga, Balboa, Santa María de Ordás Valverde de la Virgen, Villablino, Astorga y Santa María de Ordás, todas afectadas por incendios. En la Región Leonesa son once sumando Alcañices, Trabazos y Hermisende en Zamora y Buenavista, Beleña y Cepeda en la provincia de Salamanca. Todas ellas por causa de grandes incendios forestales. Es decir, el 42% de las 26 zonas determinadas en la autonomía, con las 15 indicadas por el Gobierno en la región castellana.

En total se han declarado así son 176 los 176 territorios de 14 comunidades autónomas que fueron hoy definidas por el Gobierno como zonas gravemente afectadas por emergencias de protección civil, lo que permite a los damnificados por estos episodios solicitar las ayudas previstas en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. 

Además, la ley habilita a otros ministerios la posibilidad de adoptar distintas medidas para paliar las consecuencias de estos episodios adversos, como son la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas; medidas laborales y bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social; ayudas a las corporaciones locales, así como obras ejecutadas con carácter de emergencia para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública. 

Listado de las ayudas

Las ayudas previstas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, que son competencia del Ministerio del Interior para situaciones de emergencia son estas:

  • Por daños personales: Fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
  • Particulares por daños en enseres de primera necesidad: Hasta 2.580 euros.
  • Destrucción total de la vivienda habitual: El coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.
  • Daños a la estructura de la vivienda habitual: El 50% de los daños, con un límite de 10.320 euros.
  • Otros daños en la vivienda habitual: El 50% de los daños, con un límite de 5.160 euros.
  • Daños en elementos comunes de una comunidad de propietarios: El 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.
  • Prestaciones personales y de bienes: El importe total de los gastos.
  • Titulares de establecimientos industriales, comerciales y de servicios (incluidos agrarios, marítimos y turísticos): Hasta 9.224 euros.
  • Corporaciones locales por gastos inaplazables: Entre el 50% y el 100% de los gastos, según los casos.
  • Exención de tasas de tráfico y DNI: Para duplicados de permisos de circulación, bajas de vehículos siniestrados y expedición del DNI.