Cuando los ayuntamientos pasan de la transparencia a cargos públicos: el caso de Rioseco de Tapia y Cármenes
Dos ayuntamientos de la provincia de León han recibido en los últimos dos meses varias resoluciones del Comisionado de Transparencia que les obliga a entregar información no ya a ciudadanos cualquiera que la soliciten, sino a un concejal de la corporación y a otra junta vecinal, ante el silencio de ambas instituciones a las peticiones realizadas.
Son el caso del Ayuntamiento de Rioseco de Tapia, con tres resoluciones en dos meses, y el de Cármenes, con dos resoluciones. El caso más sangrante es el ayuntamiento riosequino, gobernado por una histórica alcaldesa del PP y exdiputada nacional, Trinidad García, que ha hurtado información a uno de los concejales de la corporación, cuyo derecho a recibir información está reforzado por su condición de cargo público
Además, Rioseco de Tapia ha pasado siquiera de contestar al Comisionado de Transparencia en el proceso que se abre cuando la persona que solicita la información pide amparo para que se la entreguen. Una obligación legal pero que últimamente varias entidades pasan de realizar si se repasan las resoluciones del Comisionado, que recae en la figura del Procurador del Común. Por ello el Comisionado reprocha que se ve “obligados a resolver esta reclamación sin conocer el criterio del Ayuntamiento de Rioseco de Tapia, quien, sin duda, podría aportar elementos de juicio relevantes para decidir acerca del supuesto aquí planteado”.
Esta falta de respuesta, además, supone un incumplimiento de la colaboración debida al Comisionado de Transparencia, en cuanto Presidente de esta Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León. Pero la falta de colaboración no conlleva sanciones puesto que no se contemplan en la normativa, más allá del 'tirón de orejas' de salir como entidad incumplidora en el informe anual de transparencia de Castilla y León.
Las resoluciones del Comisionado de Transparencia de Castilla y León abordan reclamaciones de los concejales que buscan detalles sobre la contratación de peones de mantenimiento y extractos bancarios del ayuntamiento, entre otras cuestiones.. La Resolución 124/2025 se centra en la solicitud de información sobre contratos bancarios, de telefonía y seguros.
La Comisión de Transparencia estima las reclamaciones, reconociendo el derecho de los concejales a acceder a esta información, a menudo por silencio administrativo positivo, y enfatiza la importancia de la transparencia y el control político en la gestión municipal. Se subraya que, aunque existe normativa local específica, la Ley de Transparencia es aplicable de forma supletoria y que el derecho a la información de los cargos electos no debe ser más restrictivo que el de un ciudadano.
Las peticiones de Rioseco de Tapia, realizadas entre 2023 y 2024, versaban sobre diversos asuntos. Una de ellas era expediente municipal completo sobre la contratación de peones de mantenimiento dentro del Plan de Empleo de la Diputación Provincial de León, incluyendo el decreto de aprobación de bases, la relación de aspirantes, la aplicación del baremo y la resolución de las plazas. En otra se solicitó el extracto de las cuentas bancarias del Ayuntamiento de Rioseco de Tapia de los ejercicios 2019 a 2023 para su examen en las dependencias municipales. Y la tercera se solicitó una relación de contratos de seguros a nombre del Ayuntamiento y las primas pagadas en los últimos cuatro años. También se pidieron otros datos como contratos bancarios, de telefonía o de tarjetas, pero el enfoque de la resolución se centró en los seguros, ya que el resto de la información fue parcialmente contestada en un Pleno municipal.
El Comisionado de Transparencia consideró conformes a derecho todas las peticiones solicitadas, reforzadas por ser un concejal quién lo hacía. Las resoluciones destacan además la reiterada falta de respuesta del Ayuntamiento de Rioseco de Tapia a las solicitudes iniciales de información y su incumplimiento del deber de colaboración con la propia Comisión de Transparencia.
El caso de Cármenes
Otro ayuntamiento que ha recibido dictámenes del Comisionado de Transparencia obligándole a proporcionar la información solicitada, ante su 'pasotismo' en contestar al ente que vigila su cumplimiento, es el Ayuntamiento de Cármenes, gobernado por el popular Dionisio García, alcalde de Cármenes desde las elecciones de mayo del 23, y había sido el último alcalde del PP tras 20 años de gobiernos del PSOE.
La Comisión de Transparencia de Castilla y León ha ordenado al Ayuntamiento de Cármenes entregar información solicitada sobre la gestión y el aprovechamiento económico de un coto privado de caza. Ambas resoluciones, de marzo y mayo, destacan la falta de respuesta del Ayuntamiento y la obligación de transparencia de las administraciones públicas.
En una la Junta Vecinal de Piornedo pedía la copia íntegra del expediente administrativo de contratación y adjudicación del coto privado de caza. En la otra solicitaba información económica detallada sobre el aprovechamiento cinegético del coto de caza desde el 22 de mayo de 2015 hasta el año 2024, incluyendo ingresos brutos anuales correspondientes al coto de caza, deducción de los gastos (detallando concepto, fecha e importe), ingresos realizados por el Ayuntamiento en la cuenta corriente de la Junta Vecinal de Piornedo y el saldo acreedor del Ayuntamiento con la Junta Vecinal de Piornedo.
La Comisión de Transparencia confirma que una entidad local menor, como la Junta Vecinal de Piornedo, puede ejercer el derecho de acceso a la información pública al amparo de la LTAIBG, ya que esta ley reconoce el derecho a “todas las personas”, avalado por jurisprudencia de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo.
La resolución señala que la solicitud del expediente de contratación del coto se considera información pública por obrar en poder del Ayuntamiento y ser elaborada en el ejercicio de sus funciones y que la información económica solicitada es igualmente información pública al ser relevante para la gestión municipal y por los derechos económicos de la Junta Vecinal sobre el coto.
En ambos casos, el Ayuntamiento de Cármenes no envió el informe solicitado por la Comisión de Transparencia, lo que se considera un incumplimiento del deber de colaboración debido al Comisionado de Transparencia. Por lo tanto la información debe ser entregada.
Todas las resoluciones son ejecutivas y ponen fin a la vía administrativa, aunque los Ayuntamientos pueden interponer un recurso contencioso-administrativo.