Un juzgado rechaza la medida cautelar solicitada por Mieres contra el decreto de paralización dictado por San Emiliano

El Puerto de Pinos, en León.

Agencia ICAL

El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de León ha dictado un auto que deniega la medida cautelar de suspensión de la ejecutividad del Decreto de Alcaldía de San Emiliano (León) de 29 de mayo de paralización de todas las actividades que el Ayuntamiento de Mieres desarrolla en su territorio, así la como la clausura de todas las instalaciones.

El texto establece que, levantando la medida cautelarísima dictada dos días antes a instancias del Ayuntamiento de Mieres, se deniegue esa suspensión de la medida adoptada por el municipio leonés en el ejercicio de sus competencias de control de los usos y actividades que se desarrollan en su territorio, así como las potestades de intervención sobre los establecimientos que radican en el mismo. Así se ordenó la paralización de toda la actividad del Ayuntamiento de Mieres en el término municipal de San Emiliano y Mieres, señalan desde el Consistorio, ha esperado al 26 de julio para recurrir el Decreto de 29 de mayo, momento en el que ha pedido la medida cautelar que finalmente ha sido rechazada por el juzgado.

El auto de la magistrada hace suyos los argumentos de las sentencias recaídas hasta el momento, concluyendo que la suspensión del Decreto del alcalde de San Emiliano “podría suponer una peligrosa y abusiva vía de hecho para desarrollar actividades sin acreditar una mínima cobertura competencial, como es el caso”. Se está, por tanto, ante una orden municipal de paralización y suspensión, totalmente ejecutiva, avalada por un Juzgado y que debe cumplirse, añaden.

Desde San Emiliano se recuerda que el Ayuntamiento de Mieres ha incumplido el decreto del Ayuntamiento leonés desde el principio y, lejos de acatarlo, subió el ganado al puerto de Pinos el 1 junio, desplazando además a tres concejales a la apertura del puerto y desde entonces sigue prestando servicios a los sus ganaderos. Su actuación debe calificarse, por tanto, de claramente ilegal, por lo que, además de exigirse su suspensión se debe someter a un procedimiento sancionador, argumentan.

Señalan también en un comunicado que llama la atención el hecho de que en la solicitud de la medida cautelar, Mieres llega a acusar al alcalde de San Emiliano de mantener una actitud xenófoba, al discriminar a los ganaderos de Mieres por causa de su domicilio, frente a los de los pueblos de Babia, y también se afirma que vulnera el derecho a la libre empresa; argumentos rechazados de plano por el juzgado leonés.

El alcalde de San Emiliano, David Marcello, valora el auto notificado que, a su juicio, supone “un claro reconocimiento de que el Ayuntamiento de San Emiliano está actuando conforme a la Ley y, por el contrario, Mieres debe cumplir nuestro decreto y suspender todas sus actividades en Babia. De forma inmediata vamos a definir cómo y en qué plazo debe acatar Mieres nuestras órdenes”. Con este respaldo judicial, el Ayuntamiento de San Emiliano reiterará la solicitud a la Subdelegación del Gobierno en León y de la Delegación Territorial de la Junta en León para que, en el ejercicio de sus respectivas competencias propias, colaboren y le auxilien en la tarea de impedir que esta actividad del Ayuntamiento de Mieres, “claramente ilegal”, se pueda seguir desarrollando.

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