El BOE consagra este martes la obligación de usar mascarilla al aire libre incluso en playas y piscinas

Una mujer con mascarilla. // Adobe Stock (cedida por SINC).

elDiario.es / Alba Camazón / elDiariocyl

El BOE (Boletín Oficial del Estado) ha publicado este martes la 'Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19'. Se trata del siguiente paso del llamado 'decreto de la nueva normalidad', que entró en vigor en junio, pero que posteriormente se tramitó en forma de ley y que fue aprobada el pasado 18 de marzo en el Congreso de los Diputados. El texto recoge la obligatoriedad de las mascarillas para las personas a partir de los seis años en la calle y en los espacios al aire libre, en línea con lo que ya han aprobado las comunidades autónomas, mientras que en la redacción previa no era necesario si se podía mantener la distancia de 1,5 metros con respecto al resto. La referencia a la distancia se eliminó mediante enmienda durante su trámite en el Senado, según informa elDiario.es.

Las medidas son de aplicación en toda España hasta que el Gobierno declare el final de la crisis sanitaria.

¿Cuándo son obligatorias las mascarillas?

Entre las medidas contempladas en el texto, se mantiene la obligación para las personas, a partir de los seis años, de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, sea cual sea la distancia con respecto al resto. Esto implica utilizarla también en playas y piscinas, una excepción que el verano pasado contemplaban varias autonomías.

La mascarilla también es obligatoria en los medios de transporte (aéreo, marítimo, ferrocarril o bus) y en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. El texto recoge que en el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote.

¿Qué excepciones hay?

Las excepciones al uso de mascarillas se conservan en la nueva redacción: el deporte individual al aire libre (aunque depende de la comunidad autónoma) y las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por su uso o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela.

Por otro lado, se incluye como excepción los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, como ya figuraba en la legislación previa.

Centros de trabajo: teletrabajo cuando sea posible

Las personas que presenten síntomas compatibles con la covid-19 o estén en aislamiento domiciliario no deberán acudir a su centro de trabajo. Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente, se colocará una mascarilla y “seguirá las recomendaciones que se le indiquen, hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario”.

El titular de la actividad económica o el director de los centros y entidades tiene que garantizar las medidas de ventilación y desinfección adecuadas, y disponer de agua y jabón o geles hidroalcohólicos para la limpieza de manos de los trabajadores. Asimismo, debe adaptar las condiciones de trabajo para mantener una distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros (o equipos de protección adecuados, si eso no es posible) y organizar los horarios para evitar masificaciones.

Finalmente, el titular de la actividad económica tiene que “adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible”.

Comercios, hostelería y espectáculos

Las medidas que recoge son similares. Las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de hostelería, comercios o de espectáculos culturales de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que se determinen.

Tendrán que asegurarse las medidas necesarias para garantizar una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros y evitar aglomeraciones.

Colegios: cumplir con la distancia y limitación de contactos

Se añade que deberán garantizarse las condiciones para que no haya aglomeraciones y que tanto el alumnado como los trabajadores puedan cumplir “las indicaciones de distancia o limitación de contactos, así como las medidas de prevención personal”.

Sistema sanitario

Además, incluye que las administraciones competentes velarán por garantizar la suficiente disponibilidad de profesionales sanitarios con capacidad de reorganización de los mismos de acuerdo con las prioridades en cada momento.

Asimismo, alude a la garantía de un número suficiente de profesionales involucrados en la prevención y control de la enfermedad, su diagnóstico temprano, la atención a los casos y la vigilancia epidemiológica.

Medicamentos

En relación a los fabricantes y los titulares de autorizaciones de comercialización de aquellos medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, el texto recoge que deberán comunicar a la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) el 'stock' disponible, la cantidad suministrada en la última semana y la previsión de liberación y recepción de lotes de los mismos, incluyendo las fechas y cantidades estimadas.

Seis personas en hostelería tanto interior como terraza en Castilla y León

El Gobierno autonómico ha aprobado este martes transponer las actuaciones acordadas con el Ministerio de Sanidad y el resto de comunidades para Semana Santa. Las normas aprobadas este martes entrarán en vigor en la Comunidad de Castilla y León a partir de las 00.00 horas del 26 de marzo y extenderán su efectividad hasta el 9 de abril inclusive, según informa elDiariocyl.

¿Cuántos amigos nos podemos juntar?

En Castilla y León no es nuevo, pero se mantiene el máximo de cuatro personas no convivientes en espacios públicos abiertos o cerrados. En espacios privados, las reuniones se limitarán únicamente a convivientes.

A pesar de que el acuerdo del Gobierno con las comunidades fijaba en cuatro personas los grupos en espacios públicos cerrados (interior de la hostelería, por ejemplo), la Junta de Castilla y León no concretó inicialmente el número máximo de personas por mesa en el interior de los bares -sí hablaba de los 6 en terrazas-.

En la última guía de las restricciones publicada por la Junta de Castilla y León, el Gobierno autonómico indica que el número máximo de personas admitidas en mesa tanto en el interior como en el exterior de los establecimientos de hostelería y restauración es de seis personas.

Además, el aforo en otros espacios como un gimnasio o un teatro será de un 33%, la misma proporción que en el nivel 4 de alerta, en el que continúan todas las provincias de Castilla y León. Tampoco están limitadas las actividades laborales o institucionales a cuatro personas si hay medidas de control aplicadas.

¿Qué pasa con las procesiones?

Las procesiones como las conocemos tampoco se podrán celebrar este año, pero podrán celebrarse procesiones 'estáticas', como se permitieron las cabalgatas estáticas de los Reyes Magos. Cualquier evento “que implique aglomeración o concentración” de personas está prohibido. Sí que se permiten actos religiosos que deberán contar con la autorización pertinente.

Estos actos solo podrán realizarse en espacios acotados si hay un acceso de entrada y otro de salida y los pasos procesionales o las imágenes están “estáticos”. Como con los oficios religiosos ordinarios, no se puede superar el aforo de un tercio y deberá garantizarse la distancia mínima interpersonal de al menos 1,5 metros. La mascarilla es obligatoria también, y no se podrá consumir alimentos ni bebidas “que ocasione no usar la mascarilla por parte del público durante estos eventos, así como en su acceso o salida”. La Consejería de Sanidad recomienda que haya actos telemáticos o televisados para evitar grandes afluencias de personas.

¿Y los besapiés y besamanos?

Tampoco se podrá celebrar. No se permitirán las muestras de “devoción o tradición” como los besos u otro tipo de contactos sobre las imágenes o esculturas. Las cofradías deberán sustituirlas por otras actividades o muestras “que no conlleven riesgo sanitario”.

¿Qué pasa con el juego de las chapas?

No está permitido el juego de las chapas ni al aire libre ni en ningún local cerrado, incluidos los establecimientos de hostelería ante la posibilidad de que haya una “aglomeración” de personas. La Junta no autorizará ninguna solicitud para el desarrollo de este tipo de juego en la época propia de la Semana Santa.

¿A qué hora tengo que estar en casa?

Castilla y León mantiene el toque de queda a las 22.00 horas durante las celebraciones de Semana Santa -la última entrada en bares es a las 21.30-. Y no, las procesiones no impiden que tenga que cumplirse el toque de queda, ni a los cofrades ni a los asistentes.

¿Qué recomendaciones hace Sanidad?

Las autoridades sanitarias recomiendan “extremar” la diligencia de las medidas de prevención, pide a la hostelería que refuerce la ventilación y el mensaje “de mantener el uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo” y evitar comer de un mismo plato.

A los ayuntamientos, Castilla y León recomienda “favorecer” el uso de las vías públicas para evitar los espacios cerrados en los sectores de la hostelería, comercio, eventos culturales, etc. Además, Sanidad recomienda no ingerir alimentos o bebidas en la calle, salvo en los espacios acondicionados para ello. Siempre que sea posible se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y garantizando el cumplimiento de la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.

¿Puedo salir de Castilla y León?

No. Castilla y León permanecerá perimetrada y solo están permitidos los viajes fuere de la comunidad con causa justificada. Sin embargo, sí se puede viajar entre provincias, aunque será necesario mantener las medidas de prevención.

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