Ante la convocatoria de elecciones a Rector de la Universidad de LeoÌn, a celebrar el proÌximo diÌa 22 de marzo, la SeccioÌn Sindical de CCOO ha hecho llegar a los candidatos presentados sus principales reivindicaciones para el periodo 2012-2016.
La situacioÌn econoÌmica en que se encuentra el paiÌs, los recortes que se le exigen a la Comunidad de Castilla y LeoÌn y lo que esos recortes afectan a las universidades estaÌ en la mente de la seccioÌn sindical de CCOO, por lo que, en su mayoriÌa, las reivindicaciones que se hacen son de caraÌcter estructural, organizativo o de negociacioÌn.
La entrada en vigor del RD de Medidas para la Reforma Laboral ha venido a modificar sustancialmente las condiciones laborales del personal de las administraciones puÌblicas, entre las que se encuentra la ULE.
Por ello, como motivo general en las relaciones, tanto con el PDI como con el PAS de la Universidad de León, debe existir un compromiso del proÌximo rector de no aplicar las medidas maÌs controvertidas que recoge el Real Decreto comentado.
De tal manera, las posibilidades de modificacioÌn de condiciones laborales y como aspecto maÌs importante, la posibilidad de reduccioÌn de plantilla, deben quedar fuera de las acciones que se tomen, como respuesta a posibles reducciones presupuestarias.
Se pueden tomar medidas de reduccioÌn de gasto en partidas que no afecten a la plantilla ni a sus condiciones de trabajo.
Personal docente e investigador.
1.- Deben adoptarse las medidas necesarias para relanzar la negociacioÌn del II Convenio Colectivo del PDI laboral de las Universidades PuÌblicas de Castilla y LeoÌn, paradas desde hace maÌs de un anÌo.
2.-El caÌlculo de la carga docente de las aÌreas y la dedicacioÌn acadeÌmica del PDI deben estar lo maÌs automatizadas que sea posible, es decir, que todas las salvedades que se incluyan en el PDA realmente se incorporen al caÌlculo de esa carga docente.
3.- El Plan de DedicacioÌn AcadeÌmica debe de ser presentado con suficiente antelacioÌn (antes del primer mes del anÌo) para permitir a los centros y a los departamentos organizar adecuadamente la docencia, y que tenga un caraÌcter plurianual y una redaccioÌn que evite confusiones.
4.- En la elaboracioÌn de los Planes y GuiÌas Docentes se eviten las peticiones que suponen duplicar el trabajo del PDI.
5.- Los Planes de DotacioÌn y TransformacioÌn de Plazas deben de contar con unos criterios y baremos puÌblicos, claros y objetivos expresados mediante baremos cuantitativos.
6.- La carga docente de los profesores Titulares de Escuela Universitaria y de los Profesores Colaboradores debe de ser igual que en la mayoriÌa de las universidades puÌblicas espanÌolas (maÌximo de 24 creÌditos).
7.- Solicitamos que los contratos de los profesores asociados se realicen de forma que permitan cubrir los exaÌmenes de septiembre para evitar que esta tarea recaiga en profesores que no han impartido la docencia de las asignaturas afectadas.
8.- Se debe de reservar la apertura de expedientes (informativos y/o disciplinarios) para situaciones continuadas de suficiente entidad y gravedad. Antes de abrir un expediente disciplinario es necesario utilizar otros cauces que favorezcan una resolucioÌn no conflictiva de los problemas que puedan existir.
9.- Es necesario, por el bien de la democratizacioÌn de la Universidad, que se haga puÌblica y accesible para todos los miembros de la universidad la carga docente real de las diferentes aÌreas de conocimiento.
10.- Como medida de justicia para la labor del profesorado de la ULE el Plan de DedicacioÌn AcadeÌmica (PDA), o el documento que lo sustituya, debe computar todos los aspectos relacionados con la docencia de primer y segundo ciclo, de grados y de maÌsteres, asiÌ como todos los aspectos relacionados con la investigacioÌn y la gestioÌn del profesorado. Dicho coÌmputo debe ser negociado con la JPDI y el ComiteÌ de empresa previamente a su aprobacioÌn por el Consejo de Gobierno.
11.- El peso del PDI laboral en los oÌrganos de representacioÌn de la universidad, debe ser ponderado en funcioÌn de la dedicacioÌn acadeÌmica, y no solo en funcioÌn de la categoriÌa.
12.- Hay que tomar las medidas necesarias en la relacioÌn con la Junta de Castilla y LeoÌn para que el PDI laboral pueda disfrutar de un reconocimiento de complementos por meÌritos docentes (quinquenios) e investigadores (sexenios), tanto curricular como econoÌmico, en condiciones totalmente equivalentes a las del personal funcionario.
13.- ¿Se piensa mantener a lo largo de los proÌximos cuatro anÌos el actual sistema de jubilaciones incentivadas?
14.- Estudio de modificacioÌn y flexibilizacioÌn de los criterios de concesioÌn de los anticipos reintegrables en casos de necesidad econoÌmica grave.
Personal de administracioÌn y servicios
1.- El retorno a la mesa de negociacioÌn del III Convenio del PAS Laboral debe ser un aspecto que de manera inmediata aborde el futuro Rector. Han pasado 10 meses desde la uÌltima reunioÌn y la entrada en vigor del RD de Medidas para la Reforma Laboral y los aspectos en que a la negociacioÌn colectiva hacen referencia, perjudican gravemente y hacen peligrar la negociacioÌn de dicho Convenio.
2.- En la medida en que las condiciones econoÌmicas lo permitan, debe llevarse a cabo la continuacioÌn de los procesos de promocioÌn y transformacioÌn en marcha, tanto del PAS Funcionario como Laboral. En el caso de estos uÌltimos, hacieÌndolos extensivos indistintamente del nivel, aÌrea o especialidad de destino, mediante un calendario que establezca el orden a seguir.
3.- Como norma general, en ninguÌn caso se deber externalizar cualquiera de los servicios y puestos de trabajo de la ULE, debiendo cubrirse con personal propio.
4.- La RPT es el documento que recoge las condiciones de trabajo de la plantilla de PAS laboral de la ULE. Debe ser un documento puÌblico conocido por todos los trabajadores.
5.- Las condiciones econoÌmicas que afecten a quieÌnes se acojan a la jubilacioÌn anticipada con contrato de relevo requieren una aclaracioÌn por parte de la Universidad. Deben mejorar las que recoge la sentencia del TSJ de Valladolid por la que se estima, como cantidad referente para cobrar la cantidad a la fecha de jubilacioÌn, la que se derive de la reduccioÌn de la noÌmina en funcioÌn de la reduccioÌn de la jornada laboral durante el periodo de jubilacioÌn anticipada.
6.- Compromiso de mantenimiento de los acuerdos firmados en materia de jornada y flexibilidad horaria.
7.- Al margen de lo establecido en la Ley para la JubilacioÌn anticipada con contrato de relevo es necesario un estudio de las posibilidades de poner en marcha un plan de “pre-jubilacioÌn” para el PAS.
8.- En lo que afecta al PAS funcionario, es necesario un estudio de la productividad variable que existe actualmente para su reforma y modificacioÌn.
9.- Estudio de modificacioÌn y flexibilizacioÌn de los criterios de concesioÌn de los anticipos reintegrables en casos de necesidad econoÌmica grave.
10.- Con la finalidad de complementar las prestaciones sociales de caraÌcter puÌblico de su personal, la Universidad de LeoÌn debe promover la constitucioÌn de un Plan de Pensiones.
Documento aprobado en reunioÌn ordinaria de la SeccioÌn Sindical de CCOO el diÌa 13 de marzo de 2012