La Ley de Calidad del Aire sometida a información pública

Prensa JCyL

La Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, de carácter nacional somete a ciertas instalaciones, en las que se desarrollen actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, a un régimen de intervención administrativa específico previo a su construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial siguiendo las directrices marcadas por la Unión Europea. La Ley contempla que, además de la intervención administrativa, se regule mediante procedimientos regulados por las comunidades autónomas.

El proyecto de decreto tiene por objeto desarrollar la Ley Estatal para el procedimiento de autorización/notificación para las instalaciones y también regulará los requisitos relativos a los procedimientos de control, de registro e información de las emisiones a la atmósfera de esas instalaciones industriales uniformizando el sistema de control.

El proyecto de decreto conserva la clasificación de las instalaciones potencialmente contaminadoras de la atmósfera derivado de la normativa estatal y mantiene, como se ha especificado antes, el régimen de autorización para las A y B y de notificación para las C establecido en dicha Ley.

Simplificar trámites administrativos e impulsar la red de control de calidad del aire

Para simplificar las cargas administrativas del titular, todos los trámites regulados en el decreto, así como el intercambio de información entre los titulares de las instalaciones y la administración, está previsto se realice a través de medios telemáticos y, todo ello, manteniendo el principio de prevención y la protección del medio ambiente atmosférico y de la salud de las personas. Así, por ejemplo, desaparecerán los libros de registro de emisiones en papel que se sustituyen por registros electrónicos sobre plataformas web.

Este proyecto de decreto es el primer texto autonómico relativo a la protección del medio ambiente atmosférico. Si bien regula aspectos ya contemplados por la normativa nacional, resulta novedoso en Castilla y León, puesto que no existía esta forma de intervención administrativa a las instalaciones.

Como novedad también se regula el funcionamiento de la Red de Control de la Calidad del Aire, que lleva en funcionamiento desde el principio de los 90. Mediante esta nueva regulación, se establece la Red como el único instrumento para evaluar la calidad del aire en el territorio y la obligatoriedad de comunicar a la población las posibles superaciones de los valores límites legislados.

La responsabilidad de la evaluación de la calidad del aire recae en la Consejería competente en materia de medio ambiente y referida al informe anual, que debe ser elaborado a través de los datos registrados por los sensores automáticos que componen la Red y que deben de contar con un sistema certificado.

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