Una semana para el 'striptease' de las facturas municipales

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Según el Real-decreto aprobado las entidades locales deberán remitir al Ministerio de Hacienda, con fecha límite el día 15 de marzo de 2012, una relación certificada de todas las obligaciones pendientes de pago que reúnan los requisitos de ser vencidas, líquidas y exigibles y que se hayan registrado en los entes locales antes del 1 de enero de 2012, o bien que se trate de contratos de obras, servicios o suministros incluidos en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Una vez remitida la relación certificada, el interventor de cada corporación, en caso de no haberse efectuado el pago de las obligaciones reconocidas, elevará al pleno de la corporación local un Plan de Ajuste, en los términos previstos en el Real decreto, para su aprobación antes del 31 de marzo de 2012. Dicho plan de ajuste se extenderá durante el período de amortización previsto para la operación de endeudamiento establecido en el mismo, debiendo los presupuestos generales anuales que se aprueben durante el mismo, ser consistentes con el mencionado plan de ajuste. El Plan de ajuste podrá incluir modificación de la organización de la corporación loca

La aprobación por el Congreso

El Pleno del Congreso ha convalidado por 301 votos a favor, 14 en contra y 6 abstenciones el Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, defendió ante la Cámara este real decreto, en el que se establece un mecanismo al que podrán acogerse los proveedores que tengan obligaciones pendientes de pago con entidades locales o cualquiera de sus organismo y entidades dependientes.

El mecanismo de financiación implica, además, una operación de endeudamiento a largo plazo y la obligación por parte de las entidades locales de aprobar un plan de ajuste que garantice la sostenibilidad financiera de la operación.

Finalmente, el texto también establece la obligación de remisión de información por parte de las entidades locales con el objetivo de identificar el volumen real de deuda con sus proveedores. Dicha información tendrá que ser certificada previamente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. A partir de ese momento, las entidades locales podrán bien satisfacer sus deudas o bien acudir a una operación financiera.

Pese a que algunos grupos parlamentarios han pedido que este Real Decreto-Ley se tramitara como proyecto de ley, la propuesta fue rechazada por el pleno con 177 votos en contra, 140 a favor y 4 abstenciones.

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