El Procurador del Común pide dar un vuelco a las ayudas escolares y que se beneficien también los colegios concertados
El Procurador del Común de Castilla y León pide un vuelco a la política de becas y ayudas educativas de la Junta de Castilla y León. En una resolución considera discriminatorio que determinadas ayudas educativas de la Junta dependan de que los alumnos estudien en un colegio público o en uno privado concertado, y por lo tanto sostenido con dinero público. La institución que dirige Tomás Quintana reclama a la Consejería de Educación que permita también al alumnado de la escuela concertada acceder a ayudas para comedor y transporte escolar, siempre que sus familias se encuentren en situaciones socioeconómicas y familiares equivalentes a las de los beneficiarios de la enseñanza pública.
La resolución procede de una queja presentada ante el Procurador por la exclusión de los estudiantes de centros concertados de determinadas becas, ayudas y subvenciones autonómicas. Tras solicitar información a Educación, la institución ha analizado las diferencias existentes en servicios como el transporte y el comedor y en programas de conciliación como 'Madrugadores' y 'Tardes en el Cole'.
En el caso del transporte, la última convocatoria de ayudas para el curso 2025-2026 establece como regla general que los beneficiarios cursen sus estudios en centros públicos dependientes de Educación. Los estudiantes de centros privados concertados únicamente pueden acceder cuando hayan sido escolarizados en ellos por necesidades determinadas por la Comisión de Escolarización.
Algo similar ocurre con el comedor escolar. Las ayudas reguladas para los alumnos de segundo ciclo de Infantil, Primaria, ESO y Educación Especial se circunscriben a centros públicos que dispongan de este servicio. Aunque existe otra línea para el primer ciclo de Infantil que alcanza a determinados centros privados sostenidos con fondos públicos, esta no cubre a los estudiantes de segundo ciclo de Infantil y Primaria de colegios concertados.
'Madrugadores' solo en la pública
Las diferencias se extienden a la conciliación. Los programas 'Madrugadores' y 'Tardes en el Cole' están diseñados para alumnos de segundo ciclo de Infantil y Primaria matriculados en centros públicos. Tampoco pueden acceder los estudiantes de la concertada al servicio de atención y cuidado habilitado por Educación después del horario lectivo durante septiembre y junio.
La Junta de Castilla y León ha defendido ante el Procurador que no existe discriminación según la resolución publicada. Educación argumenta que no hay diferencias entre públicos y concertados en lo relativo a la enseñanza propiamente dicha y recuerda que ambos comparten procedimientos de admisión. Sin embargo, sostiene que los servicios complementarios tienen una regulación distinta y que, en el caso de los colegios concertados, no están incluidos en el concierto educativo y los propios centros cuentan con autonomía para establecerlos.
La Consejería también recuerda que existen otras ayudas de las que sí pueden beneficiarse los estudiantes independientemente de la titularidad de su centro. Entre ellas cita las destinadas a Bachillerato, Formación Profesional y determinadas enseñanzas de régimen especial, el programa Releo Plus para libros de texto y las subvenciones para adquirir dispositivos digitales.
Centros concertados, servicio público de educación
Pero el Procurador señala en su resolución que los centros concertados forman parte de la red destinada a prestar el servicio público de educación y sostiene que sus familias pueden encontrarse exactamente en las mismas situaciones de vulnerabilidad que aquellas cuyos hijos estudian en colegios públicos.
Por ello, considera que excluirlas únicamente por la titularidad del centro resulta una diferencia de trato “discriminatoria y carente de justificación razonable”. El Procurador advierte además de que interpretar la elección de la concertada como una renuncia voluntaria a los servicios disponibles en la pública acabaría provocando que la capacidad económica condicionase en la práctica el derecho a elegir centro educativo.
La institución respalda su posición con jurisprudencia del Tribunal Supremo. Entre otros precedentes, recuerda una sentencia de 2014 que concluyó que, en ausencia de razones específicas, no está justificada la disparidad de trato entre centros públicos y concertados debido a la similitud sustancial de su régimen jurídico. También menciona una sentencia de 2012 que confirmó la anulación de una convocatoria extremeña de inmersión lingüística reservada exclusivamente a alumnos de centros públicos.
El Procurador considera especialmente relevante el posible impacto sobre familias numerosas, monoparentales o económicamente vulnerables. Reconoce que la disponibilidad presupuestaria puede justificar establecer umbrales de renta, priorizar a determinados hogares o introducir progresivamente las ayudas, pero considera mucho más difícil justificar que se excluya por completo a unas familias únicamente porque sus hijos estudien en un colegio concertado.
Por ello la institución que agrupa la defensoría del pueblo en la comunidad reclama a la Junta ayudas para sufragar los gastos de comedor y transporte que incluyan a los alumnos de centros privados concertados, de manera que familias en circunstancias económicas y familiares sustancialmente equivalentes puedan acceder a los mismos recursos públicos con independencia de la titularidad de su colegio.
También insta a la consejería de Educación, por sí misma o conjuntamente con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a diseñar programas de conciliación abiertos al alumnado de todos los centros financiados con fondos públicos. La institución pone especialmente el foco en las reducciones de jornada escolar y los periodos no lectivos.
La Consejería de Educación dispone hasta octubre para comunicar de forma motivada si acepta o rechaza las recomendaciones del Procurador del Común.